Turismo

PCR para entrar a España: ¿desde cuándo es obligatoria, para qué viajeros y quién la paga?

Negarse a cumplir la nueva normativa puede acarrear sanciones de entre 3.000 y 600.000 euros

Pasajeros en la terminal T-4 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas este jueves
Pasajeros en la terminal T-4 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas este juevesFernando VillarEFE

España seguirá las recomendaciones de la Unión Europea y exigirá a los viajeros un resultado negativo en una prueba PCR realizada en el origen 72 horas antes de entrar a nuestro país. La resolución de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estafo (BOE), establece unos nuevos controles sanitarios a realizar en todos los puntos de entrada a España y sustiye los que están vigentes desde julio.

Entre ellos se encuentran algunas medidas extendidas con anterioridad en nuestro país, como la toma de temperatura antes de entrar a España por vía aérea o marítima, pero también será necesario presentar una prueba diagnóstica de infección activa con un resultado negativo. Puede consultar la resolución completa aquí.

¿A partir de qué día será obligatorio presentar una PCR negativa para entrar a España?

Todas las medidas recogidas en la resolución del Ministerio de Sanidad serán efectivas a partir del 23 de noviembre y estarán en vigor hasta que el Gobierno dé por finalizada la situación de crisis sanitaria por la Covid-19.

¿Vale un test rápido de antígenos o un test serológico?

La única prueba de diagnóstico de infección activa para el SARS-CoV-2 que será admitida es la PCR. El documento explica que otras pruebas diagnósticas, como los test rápidos de anticuerpos, las pruebas rápidas de detección de antígeno o serologías no tendrán validez.

De hecho, el documento que acredite que el pasajero no está infectado debe ser el original, redactado en español o en inglés. Además, tiene que incluir los siguientes datos: nombre del viajero, número de pasaporte o del documento o carta nacional de identidad (que deberá coincidir con el utilizado en el Formulario de Control Sanitario rellenado antes de la salida), fecha de realización de la prueba, identificación y datos de contacto del centro que realiza el análisis, técnica empleada y, por supuesto, un resultado negativo de la prueba.

¿Para qué viajeros es obligatoria?

No todos los viajeros están obligados, pero sí la inmensa mayoría. El documento incluye un anexo con 65 países y zonas con una elevada tasa de incidencia del virus. Entre ellos se encuentran algunos países europeos como Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Francia, Irlanda, Italia, algunas regiones de Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido o Suecia. También se le exigirá una PCR negativa a los siguientes países de origen: Argentina, Colombia, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos, Rusia o Marruecos, entre otros.

¿Quién paga la prueba y qué pasa si me niego a realizarla?

La prueba en el país de origen corre a cargo del viajero. En función del país y de si ha sido ordenada por un médico, el precio del test puede variar. Esta es una medida que ha enfadado a los hoteleros españoles, ya que consideran que las pruebas son muy costosas para los viajeros y la espera de los resultados supoen una traba al turismo internacional, según explica la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (Cehat).

En caso de negarse a realizarse una prueba PCR para acceder a nuestro país, el documento añade que se aplicará el régimen sancionador recogido en la Ley General de Salud Pública. La resolución de Sanidad no tipifica la infracción que, en función de si se considera leve, grave o muy grave, puede acarrear una sanción que va desde los 3.000 hasta los 600.000 euros.