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Tus vecinos ya no podrán recoger los paquetes que lleguen a tu casa

Los repartidores deberán ser más cuidadosos con un comportamiento que todos hemos podido protagonizar en algún u otro momento

Después de una histórica multa de 70.000 euros, la forma en la que llegan los paquetes a nuestro domicilio ha cambiado para siempre | Fuente: Dreamstime
Después de una histórica multa de 70.000 euros, la forma en la que llegan los paquetes a nuestro domicilio ha cambiado para siempre | Fuente: DreamstimeDreamstime

Era marzo del año 2021, un repartidor de la empresa UPS se dispone a entregar uno de tantos paquetes que tiene que entregar por cientos en su día a día. Como suele ocurrir, los horarios del mensajero y de la familia no se ponen de acuerdo... y no hay nadie en casa cuando este llega a su puerta.

Viéndose en esta tesitura, el repartidor decide dejarle el paquete a un vecino, para que este pueda entregárselo a su legítimo dueño unas horas más tarde, cuando haya alguien en casa. Bueno, pues esta secuencia que acabamos de narrar y que recuerda a algo que todos hemos podido protagonizar en algún u otro momento, derivó en una multa de nada más y nada menos que 70.000 euros.

Francisco Javier, repartidor de UPS, fotografiado en Madrid el 24 de marzo del año 2020 | Gonzalo Pérez Mata
Francisco Javier, repartidor de UPS, fotografiado en Madrid el 24 de marzo del año 2020 | Gonzalo Pérez Mata©Gonzalo Pérez MataLa Razón.

Al parecer, el cliente reclamó a MediaMarkt, que era el establecimiento donde había comprado el producto en un primer momento por haber cedido sus datos personales a un tercero (el vecino) sin su consentimiento. Sin embargo, la Agencia Española de Protección de Datos o AEPD consideró que el responsable dehaber descuidado la intimidad del cliente no era MediaMarkt, sino UPS, que era la empresa encargada de hacerle llegar el paquete a su domicilio.

La resolución del tribunal encargado del caso fue que -efectivamente- UPS habría vulnerado es el precepto 5.1, sección F, del Reglamento de Protección de Datos (RGPD) y el artículo 32 del RGPD por “violar el principio de integridad y confidencialidad”, lo que explicó una multa de 50.000 euros; así como por “no adoptar las medidas de seguridad necesarias para garantizar la protección de los datos de carácter personal de sus clientes”, lo que estaría penado con una multa de 20.000 euros. En total, UPS tuvo que compensar con 70.000 euros al cliente afectado.

¿Qué cambiará a partir de ahora?

Después de que se haya dado a conocer la enorme cifra que ha tenido que abonar la empresa de mensajería, podemos adelantar que la forma en la que los repartidores nos entregan nuestras compras online ha cambiado para siempre. A partir de ahora, las empresas tolerarán mucha menos discrecionalidad por parte de sus trabajadores... todo necesitará el consentimiento previo de sus clientes.

Una furgoneta de reparto de UPS
Una furgoneta de reparto de UPSlarazon

O dicho de otra forma, el repartidor ya no podrá dejar tus paquetes a tu vecino... y tú no podrás recoger los paquetes de tu vecino. Y si el mensajero considera que esta solución puede ser adecuada, tendrá que llamarte antes de dejar el paquete (y la información que contiene la etiqueta del mismo) a su vecino, para que seas tú quien decida si lo autorizas... o no.