
Derechos
Este es el derecho laboral que lleva casi 50 años sin mejorar: es más necesario de lo que te piensas
El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores concede solo 2 días naturales por fallecimiento desde 1980, una duración que no ha crecido pese al aumento de la complejidad emocional y burocrática del duelo

La muerte de un familiar cercano golpea emocionalmente y colapsa la agenda de trámites, desplazamientos y gestiones. En España, sin embargo, el tiempo que la ley concede para afrontar esa situación lleva casi cinco décadas congelado: el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, vigente desde marzo de 1980, otorga solo 2 días naturales de permiso retribuido por fallecimiento de un familiar de primer o segundo grado, ampliables a 4 si se acredita desplazamiento fuera de la localidad. Ni un minuto más ha sido añadido desde entonces.
El permiso cubre padres, hijos, cónyuges o parejas de hecho registradas, suegros, hermanos, abuelos, nietos y cuñados. Si el vínculo es de tercer grado (tíos, sobrinos), el derecho solo existe si el convenio colectivo lo incluye, lo que deja a muchos trabajadores a merced de la voluntad de cada sector. Además, la empresa puede solicitar certificado de defunción, justificante de desplazamiento y pruebas de parentesco, sumando trámites a una situación ya de por sí sobrecargante.
Convenios y buena voluntad: la única vía para ampliar el permiso
La legislación general no contempla ampliaciones automáticas ni casos especiales, por lo que la única alternativa real son los convenios colectivos o la flexibilidad interna de cada compañía. Algunos sectores públicos, sanitarios o educativos ofrecen días extra o cómputo en laborables, pero son excepciones. El resto de empleados sigue atado a una norma rígida que no distingue entre un fallecimiento repentino y una muerte tras larga enfermedad, ni entre una persona que vive a 20 km y otra que debe cruzar medio país para cerrar asuntos hereditarios.
La falta de actualización contrasta con la práctica de países vecinos que han ampliado sus licencias o las han adaptado a la realidad emocional y burocrática actual. Mientras tanto, en España quien supera los 4 días legales debe descontar vacaciones, pedir asuntos propios o recurrir a permisos no retribuidos, lo que añade estrés económico al duelo. Revisar el propio convenio colectivo se convierte así en el primer paso obligado para saber si se puede respirar un poco más antes de volver a la rutina laboral.
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