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Jueces y fiscales

Nuevas oposiciones a jueces en España: requisitos y cuantías de las becas para acceder a la carrera judicial y fiscal

El Gobierno ha abierto el plazo para solicitar las becas para preparar la oposición a juez o fiscal

Jueces y fiscales C Pastrano

El Gobierno ha abierto el plazo para solicitar las becas SERÉ para preparar las oposiciones a altos cargos de la Administración de Justicia. Así lo ha confirmado el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, en una entrevista con EFE.

Ya el pasado 20 de mayo, el Consejo de Ministros autorizó la convocatoria de una nueva edición de las becas, en una iniciativa estratégica del ministerio para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a los cuerpos más altos de la Administración de Justicia. Las becas están destinadas a opositores a la Carrera Judicial y Fiscal, así como a los cuerpos de Letrados de la Administración de Justicia y Abogados del Estado.

Para este año, la dotación presupuestaria se ha duplicado, tal y como ha señalado Félix Bolaños. En concreto, el ministerio destinará 15,6 millones de euros, lo que supone que serán concedidas hasta 1.300 becas.

Según ha confirmado el propio ministro, se abrirán hasta 1.440 nuevas plazas para jueces y fiscales hasta 2027. Se trata de la mayor convocatoria de la historia y que, según Bolaños, se da respuesta a la reivindicación histórica de la carrera.

Cuantía de las becas

En caso de ser beneficiario de una beca, el ministerio pondrá a disposición de los opositores una cuantía individual de 12.000 euros al año durante un máximo de cuatro años. En este caso, el objetivo es garantizar que el acceso no esté condicionado por la situación económica de los aspirantes, sino basado exclusivamente en el mérito, la vocación y la capacidad, tal y como establece la Constitución.

Y es que en los últimos años ha aumentado tanto el número de beneficiarios como la cuantía económica destinada a las ayudas. Desde su primera edición en 2022, la inversión total se ha incrementado de 1,6 a 15,6 millones de euros, aumentando así la ayuda económica por beca de 6.600 a 12.000 euros y el número de becas convocadas de 245 a 1.300. Según apuntan desde la página web, esta política pública se ha convertido en uno de los ejes prioritarios del Gobierno para avanzar hacia una Justicia más inclusiva, igualitaria y representativa.

Requisitos para acceder a la beca

Una vez aprobado el plazo para la convocatoria, los ciudadanos interesados deberán comprobar que cumplen con los requisitos para optar a ser uno de los beneficiarios. En este caso, según queda establecido en la resolución de la dirección del centro de estudios jurídicos, los requisitos a cumplir son los siguientes:

  • No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo que acreditarán a través de la autorización de las comprobaciones automáticas de datos que ya obren en poder de la Administración o, subsidiariamente, presentando la documentación necesaria a través de la aplicación de solicitud de becas. En los casos en que la ley así lo admita, también podrá acreditarse mediante las correspondientes declaraciones responsables a través de la aplicación de solicitud de becas.
  • No estar disfrutando de cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados, españoles o comunitarios, que tengan la misma finalidad en el momento de concesión de la beca y durante la vigencia de la beca otorgada.
  • No estar percibiendo ninguna retribución dineraria o en especie, ni honorarios profesionales, por el ejercicio de una actividad profesional o laboral, sea por cuenta propia o ajena cuya duración exceda de 20 horas semanales durante la vigencia de la beca otorgada.
  • Reunir los requisitos exigidos en la última convocatoria publicada del proceso selectivo de acceso a las Carreras Judicial y Fiscal, al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia o al Cuerpo de Abogados del Estado, respectivamente, en el día de la publicación de la resolución provisional de admisión. A estos efectos, se tendrá en cuenta la convocatoria que se indica en el punto 1 del anexo II de esta Resolución.
  • Estudiar la oposición en el momento del pago de la beca bajo la dirección de un centro especializado, o de uno o varios preparadores o preparadoras. Tendrán consideración de preparadores quienes dirijan el proceso de preparación, no sean familiares directos en primer grado, por consanguineidad ni afinidad de la persona solicitante, y sean miembros de la Carrera Judicial o Fiscal, del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia o del Cuerpo de Abogados del Estado. Se considerará centro especializado aquél entre cuya actividad figure la de preparación de las pruebas selectivas a las que se dirigen estas becas. No se considerará cumplido este requisito en caso de que la preparación se lleve a cabo a través de plataformas o sistemas que no se dirijan a la superación del conjunto de ejercicios que, en cada caso, constituyan la fase de oposición del proceso selectivo de referencia.

Plazo para presentar la solicitud

El plazo de presentación de solicitudes será de once días hábiles. Por ello, el plazo comenzará el día 9 de junio a las 9:00 horas hasta el día 23 de junio a las 23:59. En este sentido, la presentación de la solicitud supone la aceptación expresa e incondicionada de las bases reguladoras para la concesión de estas becas, así como los requisitos, condiciones y obligaciones contenidos en esta convocatoria.

Documentación a aportar

  • Titulación en derecho necesaria para presentarse al proceso selectivo elegido, que se presentará preferiblemente junto con la solicitud de beca. De no ser posible en ese momento, el límite para presentarlo será durante el plazo de subsanaciones que se habilite. Se entenderá como documentación acreditativa de la titulación en Derecho bien el título oficial o bien el resguardo de la solicitud de expedición del título, en la que conste que se han abonado las tasas. Si no aparece específicamente que se han abonado las tasas, se deberá aportar además el justificante bancario del pago de las tasas.
  • Documentación económica acreditativa de la renta familiar, al objeto de realizar su cálculo y valoración de conformidad con el anexo I de esta Resolución (miembros computables de la unidad familiar, discapacidad de alguno de ellos, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2023 de quienes integran la unidad familiar, acreditación de familia numerosa o de orfandad).
  • Certificado de empadronamiento que incluya la información relativa a todos los convivientes en el domicilio a fecha 31 de diciembre de 2023.
  • En su caso, acreditación de la situación de discapacidad que alega, conforme a la legislación específica aplicable.
  • En su caso, situación de violencia de género que alega, de conformidad con el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, circunstancia que se acreditará conforme se determine en la legislación específica aplicable.
  • En su caso, situación de víctima de terrorismo, circunstancia que se acreditará conforme se determine en la legislación específica aplicable.
  • En su caso, superación de ejercicios de oposición, lo que se acreditará mediante la documentación oportuna.
  • En su caso, situación de familia numerosa, lo que se acreditará conforme a la legislación específica aplicable.

Fechas de las oposiciones en 2025

Para poder acceder a la carrera fiscal y judicial es necesario pasar tres pruebas. En este caso, para 2025 el calendario se ha repartido de la siguiente manera:

  • Primera prueba: el primer ejercicio tuvo lugar el domingo 2 de marzo de 2025.
  • Segunda prueba: tras esta prueba, el segundo ejercicio se comprende entre la segunda quincena del mes de abril de 2025 y el mes de julio.
  • Tercera prueba: por último, el tercer ejercicio comenzará en la segunda quincena del mes de septiembre de 2025.