Vivienda

Seis medidas para acabar con los okupas y agilizar los desalojos: "La normativa actual sigue siendo insuficiente"

El Instituto de Estudios Estadísticos ha elaborado un informe que indica "la ausencia de medidas para mejorar la protección de los derechos de propiedad" en España

Imagen de un desalojo de "okupas" conflictivos en Badalona
La Policía en una okupaciónEuropa Press

Este miércoles 3 de abril entra en vigor una nueva medida para intentar contener el problema de la okupación. Mientras tanto, los casos se siguen dando en distintos puntos de toda España. Algunos pueden ser frenados a tiempo por la Policía o incluso por los vecinos, pero otros se alargan durante meses e incluso años y la solución no es sencilla. Esto hace que la situación cada vez alerte a más propietarios de vivienda en nuestro país.

Para analizar a fondo el panorama con los okupas en España y ver si realmente es un problema real, el Instituto de Estudios Económicos (IEE) ha realizado un exhaustivo informe titulado: “El problema de la ocupación ilegal en España. Índice Internacional de Derechos de Propiedad (IIDP) 2024”, elaborado en colaboración con la Property Rights Alliance.

El análisis cuenta con la participación de expertos como Matilde Cuena Casas, Catedrática de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid, y Vicente Pérez Daudí, Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Barcelona. Como explica el IEE, los datos de este informe muestran la ausencia de medidas para mejorar la protección de los derechos de propiedad”.

El llamativo aumento de casos desde 2018

El informe resalta un aumento significativo de denuncias de okupación ilegal durante los últimos años. Entre 2018 y 2024, se registró un crecimiento del 34,5% en este tipo de incidencias. En el último año, casi 16.500 casos fueron notificados, lo que representa un alza del 7% respecto al ejercicio anterior. Al analizar la incidencia en función de las viviendas vacías en cada comunidad autónoma, se observa que Cataluña encabeza la lista, registrando un índice de okupación casi 4 veces superior al promedio nacional.

Esta situación, según el informe, además de generar incertidumbre en el entorno jurídico, tiene consecuencias palpables en el mercado inmobiliario. La tolerancia hacia estas prácticas produce desincentivos para la oferta, genera tensiones en el sector y crea externalidades negativas para las familias más vulnerables, dificultando el acceso a una vivienda debido al incremento de precios y rentas, algo similar a lo que denuncian las asociaciones de propietarios.

En relación con el marco normativo, el análisis recoge que, pese a la existencia de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, sobre el derecho a la vivienda, “la normativa actual sigue siendo insuficiente para garantizar la seguridad jurídica de los propietarios y fomentar un mercado de alquiler estable”. Además, se advierte que las medidas intervencionistas, como la limitación de alquileres en zonas tensionadas, podrían empeorar el problema del acceso habitacional. La situación se agrava en casos donde los arrendatarios dejan de pagar la renta y permanecen en la vivienda, conocidos como inquiokupas.

La comparación con otros países

España está situada por debajo de los estándares internacionales marcados por la OCDE y la Unión Europea. El índice revela que el país permanece en la mitad inferior del ranking, ubicándose en el puesto 22 de 37 economías analizadas. Este resultado se acentúa en el subcomponente legal y político, donde España muestra un desempeño inferior en un 4,3% respecto a la media de la OCDE y en un 1,9% comparado con la media europea.

Las seis propuestas del IEE para frenar la okupación

Ante el notable aumento de este fenómeno, el IEE plantea la implementación de seis medidas para poder combatir esta situación y frenar a los okupas. Son las siguientes:

  • Ampliación del alcance de la Ley 5/2018: Extender su aplicación en materia de okupación ilegal, incluyendo tanto a personas jurídicas como a inmuebles diferentes de la vivienda.
  • Reforma en la formalidad del contrato de arrendamiento: Exigir el sello de la administración autonómica competente que certifique el depósito de la fianza y la autenticidad del contrato, como requisito para adoptar medidas cautelares.
  • Endurecimiento de las sanciones: Incrementar las penas por estafa procesal en casos de falsificación de contratos, especialmente cuando se evidencia dolo en el momento de la celebración del acuerdo, tipificando el acto como delito.
  • Medidas cautelares eficaces: Adoptar procedimientos en los ámbitos civil y penal que faciliten el desalojo judicial, permitiendo que la denuncia, acompañada de prueba de propiedad, autorice la intervención policial.
  • Equiparación de delitos: Considerar el delito de usurpación como equivalente al allanamiento de morada, posibilitando la recuperación casi inmediata del inmueble okupado, tal como se practica en otros países europeos. Esta recomendación se sustenta en la reciente modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a través de la Ley Orgánica 1/2025, que entra en vigor este 3 de abril y promueve juicios rápidos en estos casos, aunque recalca que el okupa no debe beneficiarse de la inviolabilidad del domicilio.
  • Exoneración de obligaciones impositivas y medidas en servicios: Desgravar al propietario de impuestos asociados a la propiedad en situaciones donde se acredite el inicio de un proceso judicial para el desalojo, además de garantizar que se pueda interrumpir el suministro en la vivienda sin que ello se considere delito de coacciones, conforme a la jurisprudencia reciente.