"Caso ERE"

El juez ve malversación en 21 millones de ayudas de la Junta de Andalucía a la empresa pública Egmasa

Acuerda continuar las diligencias contra el ex director general de Trabajo Daniel Alberto Rivera, cinco directivos de la empresa, un representante de CC OO y un responsable de Vitalia

Daniel Alberto Rivera, a su llegada a uno de los muchos juicios de la macrocausa
Daniel Alberto Rivera, a su llegada a uno de los muchos juicios de la macrocausaEUROPA PRESSEP

El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ve presuntos delitos de malversación y prevaricación administrativa en los nueve investigados en una pieza separada del caso de los ERE sobre presuntas irregularidades en las ayudas que la Junta de Andalucía concedió a la Empresa de Gestión Medioambiental (Egmasa), dependiente de la Junta, por un importe de 21.673.680 euros. Por estos motivos, el juez ha dictado un auto en el que acuerda continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra los nueve investigados en dicha pieza, entre ellos el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Daniel Alberto Rivera, cinco representantes y directivos de Egmasa, un representante de CCOO y dos responsables de la mediadora Vitalia, según una nota del TSJA.

El instructor deja fuera de este procedimiento a los ex consejeros de Empleo José Antonio Viera y Antonio Fernández; al ex viceconsejero del ramo Agustín Barberá, y a los ex directores generales de Trabajo Francisco Javier Guerrero -ya fallecido- y Juan Márquez, pues ya fueron encausados en el caso ERE dentro del denominado procedimiento específico instaurado “para llevar a efecto la ilícita concesión de ayudas por parte de los responsables de la Junta”. En el caso de Daniel Rivera el instructor argumenta que “concurren sólidos indicios de los que se desprende que durante su mandato como director general de Trabajo y Seguridad Social se concedieron y realizaron, de manera injusta y arbitraria, diversos pagos de ayudas y subvenciones ilícitas -objeto específico del presente procedimiento”.

El instructor da traslado de la causa a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones personadas para que, en el plazo común de veinte días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa, y acuerda continuar las diligencias previas como procedimiento abreviado, en calidad de responsables civiles subsidiarias, contra Egmasa, Vitalia y Comisiones Obreras, ha informado el TSJA en el comunicado.

De la investigación de esta pieza se desprende, según el auto, que las ayudas excepcionales a Egmasa “habrían sido concedidas de manera ilícita y arbitraria por 21.673.680,62 euros, de los cuales consta que los pagos realizados desde el año 2004 hasta 2010 por la Agencia IDEA suman 16.069.391,88 euros (…), a los que habría que añadir 300.000 euros mediante los pagos cruzados (cantidades que abonaba para el pago de la prima de una póliza que, por orden del entonces director general a la compañía aseguradora, ésta aplicaba a otras pólizas o compromisos) ordenados por el titular de la Dirección General de Trabajo, Francisco Javier Guerrero”. La empresa pública Egmasa presentó el 30 de junio de 2003 una solicitud de ERE para la extinción de 373 contratos de trabajadores por causas productivas y organizativas vinculadas con la necesidad de renovar la plantilla de personas de mayor edad dada su incapacidad física para el desempeño de su trabajo dentro del plan Infoca, tras lo que, con fecha 9 de septiembre de 2003, se firmó el acuerdo alcanzado por la empresa y los trabajadores para la tramitación del ERE mediante un documento donde se pactó una indemnización para los afectados por la extinción de los contratos de trabajo de 348 trabajadores.

Según el juez, para financiar las indemnizaciones “se concedieron las subvenciones y ayudas ilícitas” y añade que “para la materialización de tales ayudas, al margen de la disciplina administrativa y financiera, se suscribieron y elaboraron distintos instrumentos con los que se pretendía ofrecer una apariencia -en puridad inexistente- de legalidad al procedimiento de concesión y pago de las referidas subvenciones”.