Tribunales
La Fiscalía rebaja a tres años la petición de cárcel a un empresario por ayudas de los ERE
En los expedientes no consta ni “solicitud formal” del beneficiario ni “entrada en el registro” de la Dirección General de Trabajo
La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha concluido este martes el juicio promovido contra el empresario Carles Valdellós Blanch, por ayudas supuestamente “injustas y arbitrarias” concedidas en 2009 con cargo a la partida presupuestaria 31L de los fondos autonómicos y mediante el mecanismo investigado en la trama de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos o innecesarios financiados por la Junta de Andalucía, rebajando finalmente la Fiscalía a tres años su petición de cárcel para el encartado. La segunda y última sesión del juicio ha contado con la comparecencia de los peritos de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) autores de 275 informes sobre el conjunto de las subvenciones abarcadas por la macrocausa de los ERE.
Ángel Turrión, como portavoz de los peritos, ha explicado que en las ayudas autonómicas otorgadas a la sociedad Nerva Croissant, una primera del 75 por ciento de 84.522 euros embargada por las deudas de la entidad y una segunda en los mismos términos a Desarrollos Tecnoalimentarios Nerva, también perteneciente a Carles Valdellós, no fue cumplido “ningún trámite” de los previstos respecto a las subvenciones públicas. Según ha concretado, en los expedientes de estas ayudas no consta ni “solicitud formal” del beneficiario, ni “entrada en el registro” de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo ni la “fiscalización previa exigible”, sin pesar ninguna documentación que sostuviera “un mínimo cumplimiento de la Ley General de Subvenciones”.
Ello, cuando se trata de aspectos “ordinarios y conocidos” respecto a las ayudas públicas, pesando que Nerva Croissant ya había cosechado subvenciones públicas previas, con lo que según los peritos de la IGAE, el beneficiario de estos fondos “sabe” de tales condiciones. “Faltaban todos los requisitos”, ha aseverado el portavoz de los peritos, agregando que estas ayudas estaban “ilegalmente concedidas desde el principio” por tales incumplimientos.
Especialmente, Turrión ha señalado el “artificio” orquestado para esquivar la situación de la empresa Nerva Croissant, que al arrastrar deudas con la Seguridad Social “no podía ser destinataria de ayudas” públicas, extremo que la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo “sabía” porque constan documentos y correos electrónicos entre dicho departamento y la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) mencionando la “imposibilidad” de destinarle fondos por sus deudas con la Seguridad Social. Ante el embargo del 75 por ciento de la primera ayuda a Nerva Croissant en concepto de “ayudas personales” a su plantilla, según Turrión, fue organizado un “sistema” para canalizar “el mismo importe” hacia la empresa Desarrollos Tecnoalimentarios Nerva, también perteneciente al acusado y que carecía de deudas con la Seguridad Social porque “nunca tuvo ningún trabajador”.
En su comparecencia, el empresario acusado reconocía que dedicaba esta otra sociedad a “traspasar” activos a Nerva Croissant, alegando que su creación se la propuso un responsable de la entonces caja de ahorros El Monte y edil en el Ayuntamiento de Nerva, para la “negociación” de los pagarés emitidos por el Consistorio. Además, defendía que esta práctica estaba destinada sólo a la supervivencia de la actividad económica y el empleo. Según el acusado, él no fue quien solicitó los fondos, destinados a pagar nóminas pendientes en la plantilla de Nerva Croissant, señalando las “presiones” que la plantilla ejercía ante él y ante la Junta, para solucionar los impagos de salarios. Así, aseguraba que “nunca” actuó a sabiendas de que pudiese incurrir en alguna supuesta ilegalidad y que no obtuvo nada de estas ayudas.
Tras ello, el juicio ha afrontado la fase de las conclusiones e informes definitivos de las partes, marco en el que el fiscal del caso ha reclamado condenar al acusado porque a su entender ha quedado acreditado que estos fondos públicos fueron concedidos a las empresas del encartado sin respetar los “procedimientos” administrativos, “con el “conocimiento y consentimiento” de Carles Valdellós, que gracias a la concesión de estas ayudas “omitiendo el procedimiento establecido” habría visto “reducidas sus deudas” con la Seguridad Social y con su plantilla.
Ha señalado además que en todo ello pesa el papel de los altos “cargos” de la Consejería de Empleo, toda vez que la Fiscalía no formula acusación contra el exconsejero socialistas Antonio Fernández, el exconsejero Agustín Barberá y el exdirector de Trabajo Juan Márquez por la “consideración”, que el representante del Ministerio Público no comparte, de que los hechos objeto de este juicio están comprendidos “dentro de los hechos por los que han sido enjuiciados por la Sección Primera de la Audiencia Provincial, que les ha condenado como autores de delito continuado de prevaricación en concurso medial con delito continuado de malversación de caudales públicos”, por el denominado como “procedimiento específico” orquestado para canalizar los fondos con los que eran sufragados los ERE fraudulentos.
Así, el fiscal ha señalado que los hechos implican la tramitación de estas ayudas bajo una “falsaria excepcionalidad” y “justificaciones meramente aparentes”, cuando se trataba de fondos concedidos “sin encaje en el ordenamiento jurídico” y con toda “omisión del procedimiento establecido”.
Para el fiscal, el empresario encartado era conocedor de todo ello por su “experiencia en la gestión” de sociedades, contando con un “entramado” en el que figuran las dos entidades involucradas en los hechos y con “conocimiento” previo de cómo funcionan las subvenciones públicas, pues antes de las ayudas indagadas, Nerva Croissant había contado con tres ayudas previas de IDEA y una más del Servicio Andaluz de Empleo (SAE). Es más, ha señalado correos electrónicos del encartado a la Dirección General de Trabajo agradeciendo las “generosas ayudas” de dicho departamento, entonces bajo mando de Juan Márquez, así como su asistencia a una reunión entre la plantilla de Nerva Croissant y el entonces asesor de la Consejería de Empleo Ramón Díaz.
El fiscal ha remarcado la “participación activa” del empresario en los hechos, señalando sus comunicaciones hacia la Administración andaluza con “amenazas” de trasladar a los medios de comunicación y la Justicia las irregularidades que marcaban los fondos cosechados. Aunque en principio la Fiscalía reclamaba para él cinco años de prisión y ocho años y medio de inhabilitación especial para empleo o cargo público y nueve años de inhabilitación absoluta, como cooperador necesario de presuntos delitos continuados de prevaricación y malversación, reclamando que indemnice con 147.913,72 euros a la Junta “por los perjuicios causados”; finalmente ha reducido a tres años la pena de prisión por un delito continuado de prevaricación en concurso con un delito continuado de malversación.
La Junta de Andalucía, también como acusación en este caso, ha retirado sus cargos de falsedad documental, solicitando para el empresario dos años de prisión y un total de diez años de inhabilitación por los delitos ya citados, mientras que el PP, como acusación popular, se ha adherido a la petición de la Fiscalía.
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