Medio Ambiente
El TSJA da más plazo al alcalde de Carboneras para tramitar la revisión de la licencia de El Algarrobico
La Sala atiende los razonamientos expuestos por el regidor, quien comunicó que había encargado un informe sobre cómo proceder
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado dar más plazo al alcalde de Carboneras (Almería), Salvador Hernández (CS), para tramitar la revisión de la licencia de obras del hotel situado en la playa de El Algarrobico, sentido en el que le emplaza a dar cuenta de sus actuaciones cada diez días ante la Sala de lo Contencioso-administrativo frente a las peticiones de multa y revisión de oficio efectuadas por Junta de Andalucía y Greenpeace.
Así lo ha dispuesto el tribunal en su última providencia, consultada por Europa Press, en la que vuelve a advertir al primer edil carbonero de posibles multas coercitivas de 150 a 1.500 euros e incluso de deducir testimonio ante la Fiscalía por desobediencia si incumpliera los plazos otorgados para informar sobre los pasos que se dan para ejecutar la sentencia, que le obliga a revisar la licencia municipal ya declarada nula judicialmente.
La Sala atiende así a los razonamientos expuestos por el regidor, quien comunicó que había encargado un informe sobre cómo proceder para reevaluar el permiso que se concedió a Azata del Sol en 2003 frente a la postura de la Junta de Andalucía, que reclamó sancionar al alcalde al no dar inicio al trámite, y a la de Greenpeace, que urgió al TSJA a efectuar la revisión de oficio de la licencia.
En concreto, la Junta señalaba ante el tribunal que no había iniciado ningún trámite efectivo por parte del alcalde para llevar a cabo la revisión de la licencia de obras concedida a Azata del Sol y por ello, conforme a la disposición anterior anunciada por el mismo tribunal, reclamaba medidas coercitivas para apremiar al máximo responsable municipal.
La representación letrada de la Junta de Andalucía incidía en que la actuación municipal, limitada a encargar un informe sobre cómo actuar, no suponía "actividad alguna" con la que dar cumplimiento al requerimiento hecho por el tribunal para revisar de oficio la licencia.
"No sólo no consta el cumplimiento de la providencia citada, sino que, de conformidad con el fallo de la sentencia de 22 de julio de 2021, ya debía estar tramitado el procedimiento de revisión de oficio y anulada la licencia por ser nula de pleno derecho", trasladó el gabinete jurídico de la Administración autonómica ante el "retraso considerable" en el cumplimiento de la sentencia.
Por su parte, desde Greenpeace se insistía nuevamente en que fuera el propio tribunal el que ejecutara de forma subsidiaria el fallo destinado a anular la licencia -lo cual también interesó la promotora del hotel- al no haberse incoado el procedimiento ni haber "el menor indicio" de que el Ayuntamiento "lo vaya a hacer".
Para los ecologistas, la solicitud de un informe sobre los pasos a seguir anunciado por el alcalde respondía a una "ya reiterada estratagema" de dilación puesto que existe un fallo en firme desde el 18 de mayo de 2022. "Ha tenido tiempo durante estos tres años para instruirse sobre el conocido procedimiento de revisión de oficio", recalcaron.
"No es casualidad" que el alcalde "pida ahora el informe justo el día en que vence el plazo" que le dio la Sala para justificar el inicio de los trámites municipales para anular la licencia del hotel, que posibilitaría su derribo, según recuerda Greenpeace.
La Sala volvió a pedir la ejecución del fallo destinado a la revisión de la licencia ante la petición de Azata del Sol, que reiteró en diciembre de 2024 dicha actuación por la cual, además, reclamaba el cumplimiento de la resolución que en febrero de ese ya se hizo al anterior alcalde, Felipe Cayuela.
El objetivo es que se dé cumplimiento a la sentencia firme en la que se señala que la licencia presenta "vicios de nulidad", de modo que su anulación sería uno de los pasos necesarios para acometer la demolición del polémico inmueble y "devolver a su estado originario" el paraje, "que debió mantenerse inalterable", según concluyó el Tribunal Supremo (TS).