Tribunales

La Audiencia Nacional admite las pruebas periciales de los ecologistas en el caso Palomares

El colectivo exige al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) la descontaminación radioactiva de la zona

Área restringida en Palomares
Área restringida en PalomaresLa RazónLa Razón

La Audiencia Nacional ha acordado admitir la práctica de pruebas periciales y documentales en el procedimiento contencioso-administrativo promovido por la Federación de Ecologistas en Acción Almería para exigir al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) la descontaminación radioactiva de Palomares, en Cuevas del Almanzora (Almería). En un auto, al que ha tenido acceso EFE, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo admite la pertinencia de los dictámenes periciales presentados por la parte recurrente y da por reproducidos los documentos acompañados tanto a la demanda como a la contestación formulada por la Abogacía del Estado. La Sala inadmite, en cambio, la práctica de prueba testifical solicitada por Ecologistas.

Según se expone en la resolución, la organización ecologista había solicitado el recibimiento del pleito a prueba en su escrito de demanda, una petición que también fue planteada por el Abogado del Estado en su contestación. La Sala considera que procede la práctica de prueba al existir disconformidad en los hechos relevantes para la resolución del pleito, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En consecuencia, se admiten como pruebas documentales los escritos ya presentados y los documentos obrantes en el expediente administrativo, “con el valor y alcance que en derecho corresponda”. La Sala admite los informes periciales de Ecologistas, señalando que no será necesaria su ratificación judicial “dada la claridad y exhaustividad de dichos dictámenes”.

Los magistrados inadmiten la prueba testifical interesada por Ecologistas, que pretendía la declaración de Francisco Castejón, consejero del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), y de Jesús Caicedo, exalcalde de Cuevas del Almanzora y actual senador del PP por Almería, al considerar que el litigio plantea una “cuestión esencialmente jurídica” y no fáctica. También se admiten como prueba documental los cuatro documentos aportados por el Abogado del Estado junto a la contestación a la demanda.