Naturaleza

El Gobierno de Asturias retoma los controles del lobo apenas un mes después de la salida de la especie del listado de especial protección

El Congreso de los Diputados, aprobó con los votos en contra del PSOE, que el animal dejase de estar protegido

 Un lobo Ibérico en las instalaciones del centro de interpretación del lobo de Belmonte (Asturias)
Un lobo Ibérico en las instalaciones del centro de interpretación del lobo de Belmonte (Asturias)j.l.cereijidoAgencia EFE

El Gobierno de Asturias reanuda los controles del lobo apenas un mes después de la salida de la especie del listado de especial protección. El Boletín Oficial del Principado (Bopa) publica hoy el programa de actuaciones que estará en vigor hasta el 31 de marzo de 2026, en el que se plantea abatir 53 ejemplares con el fin de hacer compatible la conservación de estos cánidos con la ganadería extensiva y facilitar así el desarrollo socioeconómico del medio rural. Además, el Bopa recoge también el nuevo baremo que eleva las indemnizaciones por daños de la fauna salvaje.

Marcelino Marcos, consejero de Medio Rural, ha subrayado la importancia de ambas decisiones, encaminadas a garantizar la convivencia entre la ganadería extensiva -la propia de Asturias- y la fauna salvaje. “Demuestran con hechos nuestro firme compromiso con el medio rural y, en concreto, con la ganadería. Estamos actuando con agilidad, sin perder un solo minuto”, ha valorado.

El lobo ibérico se incluyó en el Listado de Especies de Especial Protección (Lespre) en septiembre de 2021. A partir de entonces quedó prohibido cualquier mecanismo de regulación sobre las manadas en toda España.

La situación cambió el pasado 20 de marzo, cuando el Congreso de los Diputados aprobó la exclusión del lobo del Lespre (con los votos en contra del PSOE), una decisión que se materializó el 2 de abril, con la publicación de la norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En cuanto se conoció la decisión de la Cámara Baja, el Principado anunció que se reanudarían los controles lo antes posible, con dos objetivos prioritarios: limitar los ataques al ganado –anualmente se tramitan más de 6.000 partes de daños- y rebajar la conflictividad social.

El consejero de Medio Rural y Política Agraria, Marcelino Marcos, ha informado hoy al Consejo de Gobierno sobre las actuaciones de control que se realizarán a partir de ahora y que se resumen a continuación.

Zona 1. Noroccidental. Se podrán abatir hasta seis lobos, por los elevados daños causados en el ganado: 748 reses afectadas en 2024.

Zona 2. El Palo-Esva. Se fija un máximo de seis animales por los numerosos perjuicios causados el año pasado: 768 cabezas de ganado.

Zona 3. Suroccidental. Se podrán eliminar hasta cuatro ejemplares, dado que los daños sobre el ganado fueron relativamente bajos en 2024 (84 cabezas), pero provocan conflictividad social.

Zona 4. Centro-occidental. Se permitirá la extracción de hasta seis cánidos, dado que los ataques sobre la cabaña ganadera aumentaron hasta las 425 cabezas en 2024.

Zona 5. Central. Se podrán eliminar hasta ocho lobos por el incremento de daños, que el año pasado afectaron a 473 reses.

Zona 6. Centro-oriental. En esta zona, donde los perjuicios al ganado se estabilizaron el año pasado, con 292 reses afectadas, se permitirá extraer un máximo de ocho lobos.

Zona 7. Picos de Europa (fuera del parque nacional). Se podrán eliminar hasta cuatro ejemplares.

Áreas sin gestión específica. En estas zonas se autoriza la extracción de hasta once animales, con la posibilidad de aumentar este número si resulta necesario.

Los períodos para efectuar los controles se fijan en dos franjas del año: de enero a abril y de septiembre a diciembre. No obstante, también serán posibles las extracciones puntuales entre mayo y agosto, por ejemplo, de animales que causen daños repetidos. Fuera de las zonas de gestión citadas, se podrán abatir ejemplares durante todo el año.

En cuanto a los métodos de regulación previstos, se incluyen los aguardos o recechos, el apoyo en reservas regionales de caza –es decir, la extracción durante cacerías autorizadas de otras especies- y las batidas cuando los métodos anteriores no resulten suficientes. También se podrá solicitar la colaboración de cazadores, cuando proceda.

Los últimos estudios sobre la población de lobos reflejan que Asturias cuenta con 45 manadas, de las cuales 42 son reproductoras. La población estimada se sitúa entre los 360 y los 405 animales. Desde 2001, año en el que se registraron 22 manadas, la población ha mostrado una tendencia general de crecimiento, al igual que los perjuicios sobre la ganadería.

En 2024 se confirmaron daños en 3.257 cabezas de ganado bovino, caprino, equino y ovino, lo que supone un aumento del 19,70% en comparación con 2021. Además, el coste de las indemnizaciones se incrementó un 96,16% en el mismo período, hasta alcanzar los 1.538.028 euros el año pasado.

El consejero de Medio Rural también ha informado acerca del nuevo baremo para la indemnización de los daños causados por la fauna salvaje, publicado hoy en el Bopa.

La coexistencia entre la fauna silvestre y la ganadería extensiva es uno de los retos estratégicos para el desarrollo sostenible del medio rural. Por esta razón, el Gobierno de Asturias ha diseñado un baremo que actualiza las condiciones y procedimientos para valorar y cubrir los perjuicios e incluye más bonificaciones para las explotaciones agrícolas.

Las indemnizaciones se determinan en función de dos componentes básicos: el precio emergente y el lucro cesante.

El precio emergente refleja el valor de cada animal, calculado según criterios como edad, raza y aptitud productiva.

El lucro cesante hace referencia a la pérdida de los ingresos que se habrían obtenido de no haberse producido el ataque al ganado. En virtud de este concepto, se añade un 20% complementario al valor emergente. Este porcentaje puede aumentar un 5% adicional, en el caso del ganado bovino y equino, si el animal lleva censado al menos dos años en la explotación y un 10% si supera los seis años.

Además, se establecen bonificaciones específicas que aumentan las indemnizaciones, por ejemplo: un 20% adicional si los daños afectan a razas autóctonas de Asturias y un 10% si se trata de animales inscritos en un libro genealógico, protegidos por una marca de calidad (denominación de origen, indicación geográfica protegida o producción ecológica) o cubiertos por un seguro agrario.

Por otra parte, se mantiene el 20% extraordinario para daños causados por especies como el oso y el lobo, y se incorporan dos novedades: un 10% adicional para explotaciones que adopten medidas preventivas frente a la fauna silvestre y un 20% para aquellas que transformen las materias primas en productos derivados en la propia ganadería.