Economía
Los castellanos y leoneses se pueden beneficiar de 20 deducciones sobre el IRPF en la Campaña de la Renta
El objetivo del Gobierno de Alfonso Fernández Mañueco es ayudar a las familias y a los residentes en el medio rural
Este martes 11 de abril de 2023 arranca la campaña de la Renta. Y Castilla y León vuelve a ser una de las Comunidades Autónomas que cuenta con un mayor número de deducciones fiscales de España. En total 20, que tienen como objetivo, como siempre ha defendido el presidente Alfonso Fernández Mañueco ayudas a las personas más necesitadas, a las familias, a los residentes en el medio rural y potenciar la creación de empleo.
Para facilitar el desarrollo normal de la campaña de la Renta, la Junta renovó su compromiso de colaboración con la Agencia Tributaria para facilitar a los contribuyentes la elaboración de la declaración. Un servicio que se puso en marcha en 1998 y que se vino llevando a cabo, de manera ininterrumpida, salvo durante la pandemia, hasta la actualidad. Gracias a ello, personal de la administración se desplazará hasta 81 municipios de la Comunidad de manera itinerante para poder ayudar a quienes lo necesiten.
Las 20 deducciones fiscales de las que se podrán beneficiar los castellanos y leoneses son:
- Apoyo a la natalidad y/o adopción
1. Deducción por nacimiento o adopción de hijos: 1.010 euros por el primer hijo, 1.475 por el segundo, 2.351 euros por el tercero y sucesivos. Cuantías incrementadas hasta el 40 por ciento en el medio rural.
2. Deducción por nacimientos múltiples o adopciones múltiples en un periodo de 12 meses: Si es de dos hijos, adicionalmente a los importes anteriores, la deducción se incrementará en el 50 por ciento y si es de tres hijos o más, en el 100 por ciento (se duplica la cuantía del apartado anterior). Además, 901 euros adicionales durante los dos años siguientes al nacimiento/adopción.
3. Deducción por gastos de adopción: 784 euros con carácter general y 3.625 euros para adopciones internacionales.
- Apoyo a la familia con algún miembro con discapacidad
4. Deducción por discapacidad: Deducción de 656 euros para contribuyentes mayores de 65 años con grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento y de 300 euros para aquellos con discapacidad igual o superior al 33 por ciento que sean mayores de 65 años y para aquellos menores de 65 años con grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento.
5. Deducción por nacimiento o adopción para familias con un hijo con discapacidad: Se duplican las cantidades del apartado A si el nacido/adoptado tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
6. Deducción por inversión en la vivienda habitual para la adaptación a personas con discapacidad: El 15 por ciento de la inversión realizada, sobre una base máxima anual de 20.000 euros.
- Protección a la familia numerosa
7. Deducción por familia numerosa: 500 euros con carácter general o 1.000 euros cuando alguno de los miembros de la familia tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento. La deducción se incrementará en 820 euros por cada descendiente, a partir del cuarto. Esta deducción se ha mejorado para el IRPF-2023 por la Ley 1/2023, de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas de Castilla y León, como se recoge al final del documento.
- Protección a las familias con menores de 4 años
8. Deducción por cuidado de hijos menores de 4 años en guarderías: El 100 por cien de determinados gastos en escuelas, centros y guarderías infantiles de la Comunidad, con el límite de 1.320 euros y, adicionalmente, del 15 por ciento de las cuotas de la Seguridad Social del empleado/a doméstico, hasta 300 euros.
9. Deducción por cuidado de hijos menores de 4 años por gastos de empleados del hogar: Si el cuidado del menor se realiza en el propio domicilio, deducción del 30 por ciento de lo satisfecho a la persona empleada del hogar, con el límite de 322 euros y del 15 por ciento de las cuotas de la Seguridad Social del empleado/a doméstico, hasta 300 euros.
Fiscalidad favorable en los pueblos
Castilla y León se encuentra en el grupo de cabeza de las comunidades autónomas que tienen regulado un sistema fiscal más favorable para el medio rural.
10. Deducción incrementada para los nacidos en el medio rural: Se ha elevado hasta el 40 por ciento, alcanzando los importes de 1.420 euros para el primer hijo, 2.070 euros para el segundo y 3.300 euros para el tercero y siguientes.
11. Deducción por la adquisición y rehabilitación de la vivienda habitual por jóvenes en núcleos rurales: El 15 por ciento de los importes satisfechos sobre una base máxima de 9.040 euros anuales (amortización del principal e intereses, en su caso), por lo que la deducción máxima alcanza 1.356 euros.
12. Deducción incrementada por alquiler de jóvenes de la vivienda habitual en núcleos rurales: El 25 por ciento de las cantidades satisfechas con el límite de 612 euros.
13. Deducción por rehabilitación de vivienda en núcleo rural destinada al alquiler: El 15 por ciento de las cantidades invertidas, sobre una base máxima anual de 20.000 euros.
Fiscalidad favorable para los jóvenes
14. Deducción por el alquiler de jóvenes de la vivienda habitual: Con carácter general, el 20 por ciento de las cantidades satisfechas con el límite de 459 euros.
15. Deducción por inversión en la vivienda habitual para instalaciones medioambientales y de mejora de la eficiencia energética: El 15 por ciento de la inversión realizada, sobre una base máxima anual de 20.000 euros.
16. Deducción para el fomento de la movilidad sostenible: El 15 por ciento, con el límite de 4.000 euros, del importe satisfecho por la adquisición de vehículos eléctricos o híbridos nuevos, que no superen el importe de 40.000 euros.
17. Deducción por donaciones a fundaciones de Castilla y León: El 15 por ciento de las cantidades donadas a fundaciones con estos fines.
18. Deducción por cantidades destinadas a la recuperación del patrimonio cultural y natural de Castilla y León: El 15 por ciento de las cantidades invertidas.
19. Deducción por cantidades destinadas al fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación: El 15 por cientode las cantidades donadas Universidades públicas de la Comunidad y a otras fundaciones e instituciones destinadas a estos fines.
20. Deducción para el fomento del emprendimiento “Angel Investor”: El 20 por ciento de las cantidades invertidas en la adquisición de acciones o participaciones en acuerdos de constitución o ampliación de capital de determinadas sociedades mercantiles, con un importe máximo de la deducción de 10.000 euros.
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