Alegaciones

"Caso Negreira": Bartomeu no ve "el más mínimo indicio de perjuicio" al Real Madrid

La defensa del expresidente azulgrana considera que no tiene "justificación alguna" permitir al club blanco ejercer la acusación

Josep Maria Bartomeu, presidente del Barcelona.
El expresidente del Barça Josep Maria Bartomeu, investigado en el "caso Negreira"ALBERT GEAREUTERS

La rivalidad deportiva entre los dos eternos rivales del fútbol español se traslada también a los juzgados. Josep Maria Bartomeu no quiere que el Real Madrid acuse en el «caso Negreira». La defensa del expresidente del Fútbol Club Barcelona ha trasladado a la magistrada Silvia López Mejía –que investiga el pago de 7,4 millones de euros, entre los años 2001 y 2018, por parte del club azulgrana al entonces vicepresidente de los árbitros, José María Enríquez Negreira– su oposición a que la entidad que preside Florentino Pérez ejerza la acusación particular en el procedimiento. Y es que, según Bartomeu, en los hechos investigados no existe «el más mínimo indicio de perjuicio» contra la entidad madridista que justifique su presencia en la causa como perjudicado.

Así consta en las alegaciones presentadas por el abogado de Bartomeu, José María Fuster-Fabra –a las que ha tenido acceso LA RAZÓN–, en las que reclama a la magistrada que desestime la pretensión del Real Madrid, que el pasado 24 de marzo esgrimió su condición de «entidad ofendida o perjudicada» para ejercer la acusación particular.

Para la representación jurídica del expresidente culé, «la admisión sin justificación alguna de acusaciones particulares individuales de cada uno de los equipos de fútbol llevaría a un procedimiento de imposible instrucción». Por la misma razón por la que se permitiese la personación del Real Madrid, el letrado Fuster-Fabra, reconocido seguidor «perico», sostiene que «podrían intentar personarse el Real Club Deportivo Espanyol, el Celta de Vigo, el Elche Club de Fútbol, etc», entidades –subraya– «que participan en la Liga de Fútbol Profesional y en la Real Federación Española de Fútbol».

Y es que, hace hincapié, tanto la Liga de Fútbol Profesional (LNFP) como la RFEF, «entidades a las que está adherida el Real Madrid y que organizan las competiciones en las que este equipo participa están ya personadas en la causa».

"Favorecer al Barcelona"

En el escrito en el que solicitó a la jueza que le permitiera acusar en el «caso Negreira», el club de Chamartín argumentó que «las actuaciones que son objeto de la presente causa, tendentes a favorecer al FC Barcelona» –al que se refiere como uno de sus «principales competidores»– en «la toma decisiones de los árbitros, y de esa forma, en los resultados» de la competición, «indudablemente le perjudicaron».

Los abogados del vigente campeón de la Champions sustentan su papel de perjudicado en que el delito de corrupción deportiva «protege la limpieza en las competiciones deportivas y el interés social y de sus propios participantes en salvaguardar la integridad deportiva». Un interés, añade, en el que confluyen «valores éticos y que tiene a su vez implicaciones económicas».

El interés del Real Madrid «en la limpieza de la competición deportiva» –argumentaba el club blanco invocando el aval del Tribunal Supremo a la condición de perjudicado de la LNFP en el «caso Osasuna» por amaños deportivos– «es igual de indiscutible».

La defensa de Bartomeu también se posiciona en contra de que la instructora permita acusar al socio del Real Madrid José Luis Sainz de Tejada, dado que –según señala– acceder a esa pretensión «supondría tener que admitir la condición de acción popular de todos y cada uno de los socios de todos y cada uno de los equipos que participan en la liga». Algo que, según pone de relieve, constituiría «no solo una cuestión jurídicamente inadmisible y carente de fundamento», sino que, además, abocaría a «“un devenir procesal de imposible tramitación».

Un veterano socio y una asociación

Del mismo modo, como ya ha hecho la Fiscalía, el expresidente blaugrana se opone a que la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas (Apedanica) se incorpore al procedimiento. Esta asociación no solicitó personarse como acusación, pero sí propuso –como señala el fiscal Anticorrupción Ricardo Sanz-Gadea en un escrito del pasado 23 de marzo– «la práctica de diligencias de instrucción» al tiempo que trasladaba al juzgado su interés en «investigar doctrinal y pericialmente» (los metadatos telefónicos de todos los investigados «desde que se negoció el primer pago controvertido», que pidió incorporar al sumario), lo cual para el representante del Ministerio Público es «una contradicción en sus mismos términos porque carece de legitimación procesal para ello».

«Lo que se presenta es un escrito ambiguo –mantiene en esa misma línea la defensa del expresidente culé– entre la posición procesal que pretende ocupar y lo que solicita, sin que llegue acertarse cuál es el interés, el perjuicio ni la condición de la referida asociación».

Por tanto, para la defensa de Bartomeu «ni Apedanica ni el Real Madrid», acreditan «indicio de perjuicio alguno», por lo que solicita que «se inadmita» la personación de ambos como acusaciones particulares, como también que el socio blanco Sainz de Tejada pueda ejercer la acusación popular y estar, por tanto, al corriente de la investigación y pudiendo proponer diligencias.