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Cómo se gestionará el fin de los ERTEs

El SEPE lanza dos guías, y sus respectivos formularios, para comunicar el fin de ERTEs, reincorporaciones puntuales y la baja del paro

Vuelta al trabajo tras el levantamiento de las restricciones de las actividades no esenciales
Dos obreros de la construcción trabajaban en la obra de ampliación de las instalaciones que la multunacional Inditex en ArteixoCabalarEFE

Al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) aún se le acumulan los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) por tramitar. Ayer, el Gobierno anunció la posibilidad de ampliar los ERTEs de fuerza mayor a los sectores esenciales, por lo que se prevé una nueva oleada de expedientes. Además, miles de trabajadores no podrán cobrar sus prestaciones hasta mayo, aunque sus empresas pusieron en marcha las suspensiones de contrato y reducciones de jornada el pasado mes de marzo. Pese a ese estado de colapso que aún sitúa la vuelta al trabajo en un horizonte lejano, el SEPE también se ha sumado a los primeros pasos de la desescalada. El Servicio Público de Empleo Estatal publicó ayer dos guías básicas para las empresas y gestorías que comuniquen el fin de un ERTE o la reincorporación de algunos trabajadores, lo que supondrá el cese de sus prestaciones. Ambas guías vienen acompañadas del modelo de formulario que las compañías tendrán que presentar cuando su actividad vuelva a la normalidad.

¿Quién comunica el fin del ERTE?

Al igual que ocurre con los trámites para realizar un ERTE, es la empresa, el grupo de empresas o la gestoría de la compañía, la encargada de comunicar el fin del ERTE. Los trabajadores, al conocer la fecha en que retornan a su actividad laboral, entienden que su prestación queda interrumpida desde ese momento y no tienen que realizar ninguna gestión ante el SEPE, al igual que ocurrió con el alta. No obstante, este recurso aún no está siendo apenas utilizado, ya que el fin de los ERTEs debe venir acompañado del fin del estado de alarma. Los trabajadores que se han reincorporado a su puesto tras la Semana Santa no formaban parte de un ERTE, sino que se les aplicaba el permiso retribuido recuperable. Solo algunas empresas puntuales han tenido que recuperar a parte de su plantilla, como puede ocurrir en restaurantes o comercios que hayan sufrido un repunte de pedidos a domicilio y necesiten más personal para preparar los envíos.

¿Cuándo hay que presentarlo?

Puede comunicarse el fin del ERTE en el momento en que se conozca en firme la reincorporación de la persona o personas trabajadoras o de la totalidad de la plantilla. Para evitar realizar varios envíos por cada persona que se reincorpore, las comunicaciones pueden acumularse. Aunque el SEPE advierte: “Las bajas de un mes deben comunicarse antes del día 25 de ese mismo mes para que no se generen pagos indebidos a los trabajadores ya en activo”.

¿Qué datos deben incluirse en el formulario para dar de baja el paro?

En función de si son reincorporaciones puntuales o se trata de toda la plantilla, la presentación de los formularios se diferencia en pequeños matices. El Excel debe incluir el nombre de la empresa o gestoría, un número de contacto y un correo electrónico. En el primer caso, la empresa o gestoría deberá aportar el DNI del empleado que vuelva a trabajar y, en el segundo caso solo será necesaria la cifra total de trabajadores que retoman la actividad. Ambas plantillas comparten 2 tipos de datos: el código de cuenta de cotización de la empresa (CCC) y la fecha de baja de la prestación. El CCC es un código de 11 dígitos que identifica al empresario y controla sus obligaciones con la Seguridad Social. En cuanto a la fecha de baja, será la del primer día de trabajo de jornada habitual para la plantilla o los empleados que se reincorporan, tras la suspensión o la reducción de jornada.

¿Cómo se presenta el formulario?

Se puede remitir el archivo Excel a través del Registro Electrónico Común de las Administraciones Públicas a la Dirección Provincial del SEPE en la provincia donde se ubican los centros de trabajo. El correo electrónico variará en función de la provincia, ya que cada una cuenta con un código específico. No obstante, la Dirección Provincial del SEPE y la empresa podrán acordar otras formas de remisión de datos, siempre que se garantice la seguridad de las comunicaciones y se facilite toda la información necesaria. Además, en caso de que la empresa gestione reincorporaciones en provincias distintas tendrá que presentar un formulario por cada una de ellas.

En lo que concierne al formato, la guía del SEPE señala que, para las reincorporaciones aisladas, el nombre del fichero Excel empezará por B seguido del día y hora de envío, por ejemplo: 180412, para un envío remitido el 18 de abril a las 12 de la mañana). Finalmente, se añadirá también el nombre de quien comunica (empresa o gestoría) con un máximo total de 12 caracteres, por ejemplo: B180412ARTESGRAF. Las empresas que reincorporen a la totalidad de su plantilla deberán seguir el mismo formato pero cambiando la letra de inicio por una F.