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La burocracia pone en peligro el plan de ayudas directas para pymes y autónomos

Algunas autonomías ven casi imposible cumplir con los trámites exigidos por Hacienda

María Jesús Montero, ministra de Hacienda
María Jesús Montero, ministra de HaciendaCipriano Pastrano DelgadoLa Raz—n

El esperado plan de ayudas directas para pymes y autónomos vivió ayer su segundo capítulo en el Consejo de Ministros, que dio luz verde a su modificación para dotar a las comunidades autónomas de capacidad normativa para decidir a qué sectores y empresas – adicionales a los 95 recogidos en el anterior decreto– pueden conceder los fondos por valor de 7.000 millones de euros. El objetivo es que puedan incluir a los sectores que se hayan visto especialmente afectados en sus territorios y que tengan una gran presencia y peso en su economía.

Sobre el papel, la rectificación del Gobierno parece un paso adelante. Sin embargo, varias comunidades autónomas, asociaciones y patronales ya han mostrado sus disconformidad con algunos puntos y exigencias de este decreto. Regiones como Andalucía o Madrid, entre otras, han advertido de que, en realidad, estos fondos están encuadrados en la Ley General de Subvenciones, por lo que «no son ayudas directas sino subvenciones que deben demostrar su utilización en las finalidades establecidas en el decreto». Por tanto, deben justificarse los pagos a proveedores y a otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, situación que complicará enormemente la recepción de los fondos y su distribución.

Asimismo, los requisitos y obligaciones de los perceptores de las ayudas convierten las solicitudes en un «infierno administrativo», denuncian desde la Junta de Andalucía, que ha detectado «deficiencias graves» que complican sobremanera su gestión. Por ejemplo, la Agencia Tributaria (AEAT) es la que debe detallar la situación fiscal de cada solicitante, «uno a uno», lo que multiplica los trámites y la burocracia, «en vez de utilizar la opción de un envío general del universo total de beneficiarios a cada comunidad. «No disponemos de información para evaluar cuáles son los porcentajes de subvención a asignar, con el riesgo de dejar fuera de la subvención a muchos solicitantes», incide la Junta. Además, las autonomías se arriesgan a tener que reintegrar al Estado la dotación asignada que no se haya podido ejecutar por los retrasos.

Por otro lado, la obligación de cumplir con «el pago de deudas pendientes devengadas entre el 1 de marzo de 2020 y 31 de mayo de 2021, que no hayan sido satisfechas atendiendo a una prelación de antigüedad» –detalla el texto aprobado– genera un procedimiento imposible de justificar y de gestionar. El problema es que las regiones no disponen de información para evaluar cuáles son los porcentajes de subvención a asignar, con el riesgo de dejar fuera a muchos solicitantes. «Parece que la finalidad es que los acreedores cobren, de forma que discrimina a las empresas que han cumplido con los pagos en tiempo y forma», critican desde la Junta.

La excesiva burocratización de Hacienda obliga a solicitar a los beneficiarios una información muy «compleja y poco coherente», que limita sus posibilidades de acceso a la subvención o, directamente, les impide pedirla. Además, con tanto procedimiento, se corre el riesgo de que la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) no comparta los mismos criterios de comprobación utilizados por las comunidades y solicite el reintegro de los recursos, que no llegarán a las pymes. La mayoría de estas exigencias impiden una mínima automatización del procedimiento, obligan a un proceso manual «factura por factura» y provocan un coste administrativo muy elevado que, en la práctica, «impedirá cumplir con el proceso y el dinero no llegará a quien lo necesita», censuran fuentes de la Comunidad de Madrid.

Por su parte, la asociación de Autónomos ATA critica también con dureza que se niegue la subvención a empresarios y autónomos con deudas tributarias contraídas durante la pandemia. «La mayoría no son achacables a una mala gestión, sino al cierre de la actividad. No es admisible que se queden fuera de las ayudas y los condena a la desaparición».

Requisitos adicionales, como el que no se haya pagado dividendos o no se haya incrementado la remuneración a directivos, limitan aún más la justificación de una posible solicitud.