Empleo

Gobierno y sindicatos pactan un plan de tres años para acabar contra la temporalidad de los interinos

300.000 interinos podrán optar a sus plazas estructurales, aunque otros 500.000 pueden perder su puesto

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Oficinas de la Audiencia Provincial de la Comunidad de MadridlarazonEUROPA PRESS

Ya es oficial: la temporalidad en la Administración Pública tiene los días contados. El Gobierno ha acordado con los sindicatos mayoritarios el plan medidas a aplicar para reducir la temporalidad en las administraciones públicas, mediante el cual más de 300.000 plazas estructurales ocupadas por interinos se convertirán en fijas antes del 31 de diciembre de 2024 como fecha límite improrrogable, es decir, tienen tres años de plazo para acceder a su plaza, aunque esta medida no salvaguarde el puesto de otros 500.000 que podrían perder su trabajo.

El acuerdo se ha cerrado tras la reunión de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas convocada por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública e integrada por representantes de todas las comunidades autónomas y de los sindicatos representativos (CC OO, UGT, CSIF, CIG y ELA). El objetivo de la reforma es situar la tasa de temporalidad por debajo del 8% para lo que se contempla un proceso de estabilización que afectará a más de 300.000 plazas estructurales ocupadas por personal temporal y que deberán ser fijas antes del 31 de diciembre de 2024 “como fecha límite improrrogable”.

El proceso afectará a todas las plazas de carácter estructural, dotadas presupuestariamente, ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 y que no se hayan visto incluidas en los procesos de estabilización previstos en los acuerdos para la mejora del empleo público de los años 2017 y 2018. Además, los interinos que no logren una plaza tendrán una indemnización de 20 días por año para los que no superen el concurso.

los procesos de selección se desarrollarán a través de concurso-oposición, con una valoración de la fase de concurso -por primera vez en la historia de las ofertas de empleo público- de un 40% en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente. El proceso se desarrollará con las condiciones y características previstas en los mismos en cuanto a tiempo de ocupación y sectores, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas administraciones públicas. Este proceso supondrá la autorización de una tasa adicional para la estabilización del personal temporal.

Además, los mecanismos de movilidad o de promoción interna previos de cobertura de plazas serán compatibles con los procesos de estabilización. Para quienes no superen los procesos de estabilización, las convocatorias de estabilización podrán prever su inclusión en bolsas de interinos específicas o su integración en bolsas ya existentes. En estas bolsas, se integrarán los candidatos que habiendo participado en el proceso selectivo correspondiente, y no habiendo superado este, sí hayan obtenido una puntuación que la convocatoria considere suficiente.

Todas las Administraciones públicas deberán asegurar el cumplimiento del plazo establecido para la ejecución de los procesos de estabilización mediante la adopción de medidas apropiadas para un desarrollo ágil de los procesos selectivos, tales como la reducción de plazos, la digitalización de procesos o la acumulación de pruebas en un mismo ejercicio, entre otras.

Los interinos que no superen la oposición tendrán una compensación económica de 20 días de sus retribuciones fijas por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades. Según el texto, el derecho a esta compensación nacerá a partir de la fecha del cese efectivo y la no participación en el proceso selectivo no generará compensación alguna. En el caso del personal laboral temporal, la compensación consistirá en la diferencia entre el máximo de 20 días y la indemnización que le correspondiera percibir por la extinción de su contrato, prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año, hasta un máximo también de 12 mensualidades.