Vivienda

Estos son los gastos que debe asumir a la hora de adquirir una vivienda

Los costes de hipoteca serán los mismos para una propiedad de uso habitual y una segunda residencia, pero a la hora de financiar, los bancos ofrecerán un 20% menos si la vivienda no es habitual

En la imagen, una persona observando el escaparate de una agencia inmobiliaria
En la imagen, una persona observando el escaparate de una agencia inmobiliariaCristina BejaranoLa Razón

A la hora de adquirir una vivienda los compradores deben tener en cuenta que esto supone una inversión económica considerable, sin embargo, la compra de un inmueble para uso habitual o la adquisición de una segunda residencia no conllevan los mismos gastos.

En el caso de la solicitud de una hipoteca, las entidades bancarias ofrecerán unas condiciones más ventajosas para hacer frente a la compra de una propiedad de uso habitual, que para los que quieran realizar una operación de adquisición de una vivienda para uso vacacional.

Aparte de este aspecto, desde el portal de Fotocasa aseguran que en términos generales los gastos de ambas operaciones son parecidos, los cuáles podrán variar en función de las características del inmueble cómo puede ser su superficie y la propia ubicación.

Estos son los gastos por comprar una vivienda habitual

En este caso, la persona interesada en adquirir una vivienda habitual debe hacer frente a los gastos derivados de la compraventa y de la hipoteca para formalizar la compra del inmueble. Ya que esta operación supone un gran desembolso económico, expertos aconsejan contar con unos ahorros previos que supongan entre el 10% y el 12% del valor del inmueble.

Los gastos deducibles a la hora de la compraventa:

  • Entre 600 y 875 euros de notaría. Los honorarios a los notarios para realizar la escritura de compraventa suelen rondar este precio en función del valor de la vivienda.
  • Entre 400 y 650 euros para realizar el Registro de la Propiedad.
  • El IVA o el ITP. En el caso de la compra de una nueva vivienda, los compradores deberán abonar el 10% de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), mientras que si se trata de un inmueble usado, deberán pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP), el cuál dependerá de cada autonomía oscilando entre el 6 y el 10%.
  • Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD): En el caso de ser obra nueva, esto supone un gasto de entre un 0,4% y un 1,5% debido a gestiones como la firma e inscripción de las escrituras en el Registro de la Propiedad.
  • 300 euros por la gestión. La gestoría es necesaria para tramitar la liquidación de los impuestos y y otras burocracias, aunque esta es opcional.

En el caso del gasto por la hipoteca, es necesario en primer lugar realizar una tasación de la vivienda, para que así la entidad bancaria conozca el valor de la propiedad. Para ello será necesario un desembolso de entre 250 y 600 euros para pagar a una tasadora que realice este trabajo. Tras este proceso, también será necesario la comisión de apertura del préstamo, gasto que ascenderá entre un 0,5% y un 1% del capital que te preste el banco, aunque este coste dependerá de la propia entidad bancaria.

Estos son los gastos al adquirir una segunda vivienda

Como ya se ha mencionado previamente, a pesar de que los gastos de ambas operaciones son similares, estos no son los mismos. Los costes de la notaria, la inscripción de la escritura pública en el Registro de la Propiedad y la gestora serán iguales para la compra de un inmueble para uso habitual o la adquisición de una segunda residencia.

Asimismo, los gastos de hipoteca serán los mismos, es decir, tanto la tasación de la vivienda como la comisión de apertura del préstamo. No obstante, si se es necesaria una financiación, las entidades bancarias ofrecerán un porcentaje menor si la vivienda no es habitual, es decir, entre un 60 y un 70%, en lugar de hasta el 80% para las viviendas habituales.

En el caso de los impuestos, al igual que en la situación previa se deberá abonar el IVA y el IAJD en el caso de una vivienda de obra nueva o por el contrario el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP) si el inmueble es usado.

Además será necesario abonar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en las que el comprador deberá tributar el equivalente al 2% del valor catastral del inmueble si la vivienda no está alquilada (en ese caso será distinta la tributación) y si se destina a uso personal.

Si el inmueble se encuentra en alquiler, el rendimiento que tributará el propietario deberá ser la diferencia entre las rentas que perciba y los gastos generados del mantenimiento. En el caso de que el arrendamiento sea de larga duración, el propietario podrá acceder a una bonificación en el IRPF de hasta el 90%.