Fiscalidad
El BCE y el Banco de España, contrarios al impuesto extraordinario a la banca de Sánchez
Ambas instituciones consideran que se trata de una tasa que repercutirá en el crecimiento
A pesar de que el Banco Central Europeo (BCE) y el Banco de España no se han pronunciado tras el anuncio del Gobierno de aplicar un impuesto a la banca con el que recaudar 1.500 millones de euros al año, los dos supervisores ya trasladaron en el pasado su rechazo a iniciativas similares. “Cualquier impuesto ad hoc aplicado a los bancos con fines presupuestarios sería indeseable en la medida de que tales impuestos impondrían cargas indebidas a los bancos, lo que dificultaría la provisión de crédito, con un efecto dominó en el crecimiento de la economía real”, aseguraba a finales de 2019 el BCE. Por su parte, el Banco de España advertía recientemente de que antes de aplicar un nuevo impuesto a la banca hay que tener en cuenta la baja rentabilidad del sector, que es “una preocupación de inestabilidad financiera”, y ésta “genera inestabilidad económica, que se acaba traduciendo en menor crecimiento y mayor desempleo”.
El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea recoge entre las competencias del BCE la posibilidad de emitir un dictamen sobre normas aplicables a las instituciones financieras en la medida en que influyan materialmente en la estabilidad de las instituciones financieras y los mercados. Por esa razón, en diciembre de 2019, el BCE ya mostró su oposición a la modificación de la ley del Impuesto de Sociedades aprobada en esas fechas por Lituania para introducir un impuesto adicional sobre los beneficios de los bancos. El Parlamento del país había dado luz verde al impuesto sin consultar previamente al BCE, como recuerda el texto al que ha tenido acceso por Efe, por lo que la institución decidió emitir un dictamen al respecto al amparo de sus competencias.
En el caso de Lituania, entre otros cambios, se incluyó la obligación de que las entidades pagaran un impuesto adicional sobre sus beneficios del 5% a partir del 1 de enero de 2020 y con la idea de que estuviera vigente por un período de tres años. El impuesto se había creado con el objetivo de aumentar los ingresos del Estado, “necesarios para financiar los servicios públicos y cumplir con las obligaciones”, considerando además que las entidades estaban sujetas a un trato fiscal favorable en comparación con otras empresas del país.
Entonces, el BCE recordó que siempre ha aconsejado que los impuestos a la banca deben ser considerados con un doble objetivo: asegurar una distribución más equitativa entre el sector y el contribuyente del coste de un rescate bancario, además de para abordar los riesgos que plantearía la quiebra entidades. “Cualquier impuesto ad hoc aplicado a los bancos con fines presupuestarios sería indeseable en la medida de que tales impuestos impondrían cargas indebidas a los bancos, lo que dificultaría la provisión de crédito, con un efecto dominó en el crecimiento de la economía real”, decía en su dictamen. Es más, llegaba a considerar que las instituciones financieras debían de estar protegidas para evitar su uso con fines generales de consolidación fiscal y, añadía, que cualquier impuesto con ese fin debía ir precedido de un “análisis exhaustivo” de las posibles consecuencias negativas para el sector bancario.
Se trataba, en definitiva, de velar por que dichos impuestos no planteen riesgos para la estabilidad financiera y la concesión de crédito, lo que eventualmente podría afectar negativamente el crecimiento de la economía real. Esto a su vez podría dar lugar a que los bancos ofrecieran condiciones menos favorables a sus clientesal proporcionar préstamos y otros servicios y también puede inducir a ciertos bancos a reducir sus actividades, lo que lleva a una reducción de la disponibilidad de crédito y crea incertidumbre para estos bancos, argumentaba. “La introducción de un impuesto debe ser cuidadosamente considerada con respecto a su impacto en el rentabilidad de las instituciones financieras afectadas y, por lo tanto, en su capacidad de generación interna de capital que, a su vez, afecta tanto a su resiliencia ante perturbaciones adversas como a la capacidad de ampliar crédito y apoyar la economía real”.
Banco de España
En la misma línea del BCE, el gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos, respondió a principios de octubre de 2020 en una comparecencia en el Congreso a la pregunta de una diputada de Unidas Podemos sobre la creación de un impuesto a la banca con el objetivo de recuperar parte del rescate financiero. Hernández de Cos consideró entonces que era “muy importante”, antes de establecer cualquier impuesto y, en particular, en el caso de los bancos, saber quién lo va a pagar. “Aquí caben dos posibilidades: que se traslade completamente a los usuarios, con lo cual lo pagarían los ciudadanos, que creo que no coincidía con la pretensión inicial, y la segunda es que lo paguen los bancos -en su totalidad, que no trasladen nada, o una situación intermedia-.”
Sin embargo, minutos antes el gobernador había descrito la situación de baja rentabilidad de los bancos, “que es una preocupación de inestabilidad financiera, y la inestabilidad financiera genera inestabilidad económica, que se acaba traduciendo en menor crecimiento económico, en mayor desempleo, etcétera”. Por eso, en su opinión, hay que hacer un análisis antes de tomar cualquier tipo de decisión como la aplicación de un impuesto específico a la banca.
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