Vivienda

Vender un piso con inquilino: ¿se pueden hacer visitas a los posibles compradores?

El propietario puede poner la casa a la venta cuando lo considere oportuno según la Ley de Arrendamientos Urbanos

Cartel de 'Se Vende' en una vivienda en Madrid
Cartel de 'Se Vende' en una vivienda en MadridJesús G. FeriaLa Razon

Tener una vivienda vacía es caro, sobre todo si esta tiene adherida una carga hipotecaria, ya que esta decisión solo acarreará una serie de gastos inevitables y ningún tipo de beneficio. Es por ello, que son muchos los propietarios los que deciden alquilar dicho inmueble, dado que supone una gran oportunidad para obtener una rentabilidad y unos ingresos al mismo tiempo que se revaloriza esta vivienda.

No obstante, pese a que el propietario esté alquilando su vivienda y esto sea un negocio muy lucrativo, esta decisión puede cambiar por diferentes circunstancias, haciendo que el arrendador ponga finalmente su piso en venta.

De acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el propietario puede poner la casa a la venta cuando lo considere oportuno incluso si cuenta con un contrato de alquiler vigente y un inquilino habitando el inmueble. Asimismo, esta normativa recoge que dichos contratos se prorrogarán obligatoriamente durante cinco años más, a no ser que el inquilino no quiera.

Antes de nada, el propietario deberá notificar al inquilino, a través de un método de notificación autorizado como el burofax, su decisión de vender la vivienda, así como de las condiciones de la venta. Asimismo, los posibles compradores deberán saber que la vivienda se encuentra arrendada, la existencia de un contrato de alquiler vigente, así como el estado actual del contrato de arrendamiento.

¿Se puede enseñar un piso alquilado para venderlo?

Pese a que los compradores quieran visitar la vivienda antes de comprarla, el propietario no podrá obligar al inquilino a recibir visitas si este se niega. No obstante, si existe una cláusula en el contrato de arrendamiento que contempla esta opción, el arrendatario no podrá denegar la petición y el propietario podrá realizar visitas con los futuros compradores. Pese a ello, desde el portal inmobiliario de Fotocasa recomiendan tener un trato cordial entre ambas partes y acordar las visitas entre arrenadador y arrendatario evitando así futuros problemas.

¿El propietario puede rescindir el contrato antes de tiempo?

El propietario puede tomar la decisión de vender el piso alquilado, no obstante, el inquilino tiene una serie de derechos al contar con un contrato de alquiler. Por ejemplo, el propietario no podrá echar a los inquilinos durante el tiempo que el acuerdo contractual esté vigente y este solo se podrá rescindir antes de tiempo si el propietario demuestra que necesita la vivienda para uso propio o si incluye una cláusula que lo permita.

El arrendador podrá solicitar el desalojo de la vivienda cuando ni el inmueble ni el contrato de alquiler estén registrados en el Registro de la Propiedad. En este caso, el inquilino tendrá un plazo de tres meses para abandonar la casa desde que se le haya notificado la decisión de venta del inmueble.

¿Puede un inquilino comprar el piso alquilado?

Si el inquilino cuenta con un contrato de alquiler posterior al 6 de marzo de 2019, este tendrá derecho de adquisición preferente o derecho de tanteo, es decir, si el arrendatario quiere comprar la vivienda tendrá prioridad sobre otros compradores, siempre y cuando iguale la oferta. Además, el arrendador debe informar al inquilino con suficiente antelación de su intención de venderlo y si el arrendatario estuviera interesado en su compra, este tendría treinta días naturales para llevar a cabo la adquisición. En el caso de que el contrato sea anterior a dicha fecha, el arrendatario también tendrá preferencia en la compra, siempre que el contrato no especifique la renuncia a este derecho.

En cambio, el derecho de retracto se ejerce cuando la compraventa de la vivienda ya se ha llevado a cabo, permitiendo al inquilino adquirirla con las mismas condiciones y precio al que ha sido vendida a un tercero.