Mercado Inmobiliario

Adiós a la ley de alquileres: los inquilinos podrán quedarse en la vivienda cuando termine el contrato bajo estas condiciones

El objetivo de esta nueva medida será proteger a aquellas personas que tengan dificultades para encontrar otro lugar en el que vivir

Alrededor del 10% de los jóvenes europeos gastan casi la mitad de sus ingresos en alquiler
Alrededor del 10 % de los jóvenes europeos gastan casi la mitad de sus ingresos en alquileristock

En un mercado donde cada vez escasea más la oferta de vivienda, son muchos los inquilinos que pasan una buena cantidad de tiempo buscando alternativas para vivir. En ocasiones, el margen de maniobra puede verse reducido si el casero está dispuesto a no renovar el contrato, una situación que puede poner al arrendatario entre la espada y la pared.

Client Challenge

Sin embargo, el Boletín Oficial del Estado (BOE), ya refleja una nueva medida que no ha tardado en servir la polémica. A partir de ahora, los inquilinos podrán seguir viviendo en la propiedad en la que pagaban el alquiler, incluso si el propietario no tiene intención alguna de renovar el contrato. Eso sí, es importante desgranar esta novedad para entenderla en su totalidad.

Un ligero cambio con el que se promete dar un gran vuelco

En primer lugar, hay que saber que la intención de esta reforma es asegurar la protección de aquellas personas que no pueden encontrar una vivienda con facilidad. Desde Moncloa, esta medida es considerada como un paso importante para combatir la especulación inmobiliaria, una de las grandes trabas presentes en el mercado.

La medida, amparada por el artículo 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, defiende que cualquier contrato de alquiler firmado a partir del 6 de marzo de 2019 podrá prorrogarse automáticamente dependiendo de la identidad del propietario. Si este es una persona física, la duración tendrá que ser inferior a cinco años, la cual pasaría a ser menor que siete si se tratase de una persona jurídica.

En lo que a pago del alquiler se refiere, la medida no aporta ninguna novedad. Los inquilinos tendrán que seguir abonando mensualmente la cantidad establecida en el contrato. La única diferencia con la situación previa a la reforma de la ley será el mínimo de tiempo que ellos deseen extender el contrato.