
Impuestos sobre la renta
Declaración de la renta 2024-2025: debes declarar estos ingresos por Bizum para no tener problemas con Hacienda
La campaña de la renta 2024-2025 comienza el próximo 2 de abril y es necesario tener en cuenta todas las ganancias a declarar que recoge la Agencia Tributaria

El plazo para presentar la declaración de la renta, que recoge el ejercicio total del año 2024, da comienzo el próximo 2 de abril y concluye a todos los efectos el 30 de junio. Por tanto, ahora la duda se sitúa sobre si la diferencia total que se presenta contará con un significado positivo, en el caso de que salga "a devolver", o negativo, pagando la cuantía pertinente a Hacienda. Todo depende de la diferencia entre la parte tributada y los ingresos del contribuyente en cuestión.
Es así como, el objeto primero de esta práctica obligatoria, que todos los ciudadanos residentes en España que sobrepasen las barreras salariales dispuestas en el reglamento tienen que realizar, es compensar la relación entre el individuo y el Estado. Sin embargo, para eludir futuros problemas legales con la Agencia Tributaria, es de vital importancia saber cuáles ingresos son de obligatoria presentación y cuáles quedan libres de esta carga. También es preciso mencionar las nuevas formas de pago como las monedas digitales y los famosos bizums.
Estos últimos constituyen uno de los modelos de transacción más habituales entre los jóvenes y cada vez es más utilizado por la sociedad. De hecho, según los datos proporcionados, el último año esta plataforma de pago registró unos 44.206 millones de euros repartidos en un total de 1.093 millones de bizums en pagos a amistades o familiares, compras en comercio electrónico, donaciones o cobros y pagos en Loterías y Apuestas del Estado. Por lo que, la cuantía económica que mueve este procedimiento es notablemente elevada.
¿Los ingresos por Bizum se tienen que declarar?
Aunque las cantidades más pequeñas no tienen que tener un seguimiento tributario tan exhaustivo, la ley se ajusta a unas cantidades determinadas, para seguir un cierto mandato. Todos los movimientos que superen los 10.000 euros han de ser notificados e incluidos en la Declaración de la Renta sin excepción. Es de vital importancia pues las sanciones económicas por este suceso negativo oscilan entre los 600 euros de base y hasta un 50% de la cantidad no declarada. Por otro lado, también se recogen otro tipo de pagos que atañen a funciones laborales.
Un ejemplo es el pago de un alquiler que es incluido en en la declaración del IRPF en el apartado de "rendimientos de capital inmobiliario". Además, si las ganancias por la actividad profesional se perciben a través de Bizum, como puede ser el caso de los autónomos, el que ha recibido la cifra está obligado a presentarlo en su declaración de manera obligatoria sin excepciones, pues, a fin de cuentas, no deja de ser un método de pago más. También se recomienda a los pagadores que lo incluyan para así poder deducir el gasto si la posibilidad se presenta.
Declaración de la renta: ¿estoy obligado a hacerla?
En este nuevo curso se han incluido una serie de casos que anteriormente quedaban exentos y que, con las últimas reformas, han de declarar su patrimonio ingresado durante el pasado curso. En primer lugar hay que diferenciar el número de pagadores que intervienen en la relación de ingresos del ciudadano. En el caso de contar con uno solo, ya sea en el ámbito laboral o por medio de pensiones y prestaciones estatales, las ganancias anuales no deben superar los 22.000 euros anuales. Dentro de esta se incluyen los ingresos pasivos ya mencionados.
Si el contribuyente percibe su renta por medio de dos o más pagadores, en el caso de que de el segundo pagador en adelante superen la cuantía de 1.500 euros, el límite se posiciona sobre los 15.876 euros. Por tanto, es muy importante tener en cuenta este factor ya que la cantidad a declarar puede variar, al mismo tiempo que la obligatoriedad de presentarla.
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