
Tribunales
"Un desatino": dos jueces del TC cuestionan el respaldo a la absolución por el asesinato de la viuda del expresidente de la CAM
Enríquez y Macías se alinean con la decisión del Supremo de repetir el juicio y achacan "falta de pericia y prudencia" a la presidenta del tribunal del jurado

La decisión de la Sala Primera del Tribunal Constitucional (TC) de corregir al Tribunal Supremo y confirmar la absolución de Miguel López por el asesinato de su suegra, María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de la Caja del Mediterráneo (CAM) Vicente Sala no ha convencido a dos de sus magistrados. En un voto particular al que ha tenido acceso LA RAZÓN, Ricardo Enríquez y José María Macías califican de "desatino" que el TC haya considerado que la decisión del alto tribunal de repetir el juicio vulnere el derecho de López a la tutela judicial efectiva.
Y es que los dos jueces conservadores cierran filas con los argumentos del Supremo ante lo que consideran una "falta de pericia y prudencia" de la magistrada-presidenta, que según consideran "alteró y perjudicó" la equidad del proceso al "omitir la celebración de trámites relevantes previstos específicamente para permitir la intervención de las partes". Unas carencias que, sostienen, impidieron a las acusaciones tener "un juicio justo o equitativo".
El Supremo le reprochó en su sentencia que no aceptara como válida el acta del veredicto emitida por el jurado designado, además de haber obviado un "trámite esencial" del procedimiento, "impidiendo a las partes formular observaciones, en una vista previa sin presencia de los jurados", tal y como garantiza la ley". Además, llamó la atención la Sala, "el acta fue destruida de manera voluntaria por el órgano judicial, privando de su acceso a las partes, cuestión no menos grave".
"Debate totalmente improcedente"
De esta forma, afirman los dos magistrados discrepantes del TC, "preestableció" su decisión sin intervención de las partes y "con carácter inamovible, cualesquiera que fuesen los alegatos de la acusación particular y el fiscal". Forzando así, se quejan, "un debate totalmente improcedente" ante los miembros del jurado a las puertas de tener que adoptar "una nueva decisión sobre el veredicto". Con el riesgo, subraya, "de perturbar su percepción de lo que la magistrada-presidenta pretendía de ellos".
Igualmente, echan en falta que se aclarase "cuándo, cómo y quién" ordenó la destrucción del acta del primer veredicto del jurado, una actuación que convirtió en "ilusoria" -se quejan- "cualquier posibilidad de recurso sobre el acierto de la decisión de devolución" del inicial fallo. Una revisión que de esta forma resultó "imposible" por la destrucción del acta.
"En semejantes circunstancias, no puede concluirse que las acusaciones hayan tenido, al menos, la oportunidad de un juicio justo o equitativo", exponen. Es precisamente ese cúmulo de circunstancias el que les lleva a concluir -en la línea de lo que determinó la Sala Penal del Supremo- que "la única forma de recuperar la equidad del proceso", "fracturada" por esas irregularidades que achacan a esa "falta de pericia y prudencia" de la magistrada-presidenta, es "la retroacción del proceso para que se desarrolle ante un nuevo jurado".
Para ambos magistrados sí concurría uno de los motivos que justifican la revocación de una absolución, en este caso "la vulneración de una garantía esencial reconocida a las partes acusadoras, sin la que no puede hablarse de un proceso debido".
No hubo arbitrariedad ni "error patente"
En definitiva, mantienes que el Tribunal Supremo respetó la doctrina del TC sobre la revocación de las sentencias absolutorias, y lo hizo "de forma motivada" y "sin incurrir en arbitrariedad, falta de razonabilidad o error patente", por lo que calificar sus argumentos de inconstitucionales, como ha hecho el TC, les parece "un desatino". Según su criterio, el recurso de amparo de Miguel López debió desestimarse y al no hacerlo así y anular la repetición del juicio ordenada por el Supremo, lo que confirma su absolución, "se perpetúa la lesión sufrida por la acusación particular" por lo que consideran una vulneración de sus derechos fundamentales a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías.
La Sala Primera del TC acordó el pasado lunes conceder el amparo a Miguel López y dejar sin efecto la decisión del Tribunal Supremo de anular, por vulneración del derecho a la tutela judicial, la revocación de su absolución de los delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas que decisión un Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Alicante, sentencia confirmada posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Valencia.
El Supremo ordenó repetir el juicio "con distinta composición del jurado y un nuevo magistrado-presidente”, pero tras rechazar el alto tribunal el recurso de súplica contra esa resolución, el yerno de la viuda del expresidente de la CAM acudió en amparo al TC, que esta semana le ha dado la razón.
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