Hacienda
Esta es la cantidad límite de dinero en efectivo que puedes llevar encima sin declarar
La Agencia Tributaria obliga a llevar una declaración encima cuando se supera cierta cantidad de dinero en efectivo
Hace unas décadas, todo se reducía al efectivo. Era imposible pensar en otras formas de pago, como acercar una tarjeta de débito a un datafono o enviarle dinero a un amigo, con sólo un par de movimientos del pulgar en la pantalla del teléfono móvil. Ahora, en pleno año 2023, todo ha cambiado. Ahora los métodos de pago electrónicos son los reyes del comercio. Y lo cierto es que no hay muchas razones para preferir el dinero en efectivo antes que estos métodos de pago electrónico.
Sin embargo, hay un motivo muy poderoso que hace que muchos se decanten por llevar dinero en metálico en la cartera: podemos llevarlo con nosotros y hacer transacciones privadas, sin que quede ningún registro de ellas, ¿verdad?. Bueno, pues la verdad es que no es así en todos los casos. Por sorprendente que esto parezca, hay establecidos algunos límites legales al dinero que podemos llevar con nosotros sin declarar a la Agencia Tributaria.
Cuando las cantidades de dinero son pequeñas, Hacienda no pone ningún problema. Sin embargo, cuando las cantidades que llevamos encima superan cierto límite, la administración pública sí que nos exigirá que realicemos un trámite previo. El objetivo de esta norma es luchar contra la economía sumergida y contra algunos delitos, como el tráfico de drogas, el fraude fiscal o incluso la financiación de grupos criminales o terroristas. Y si las autoridades interceptan a algún ciudadano con grandes cantidades de efectivo sin declarar, la ley les habilita para requisar el dinero hasta 30 días, pudiéndose ampliar el plazo hasta los 90 días, si se dan ciertas circunstancias.
¿Qué dice la normativa?
De acuerdo con la Ley 10/2010 del 28 de abril para la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, los ciudadanos deben llevar consigo una declaración que de fe de dónde proviene el dinero en efectivo que lleven encima fuera de su domicilio, si se dan las siguientes circunstancias:
- Si metemos o sacamos del país más de 10.000 euros en efectivo, debemos declararlo. Conviene aclarar que se entiende por entrada o salida del territorio nacional a la realizada hacia cualquier país tercero, incluidos los miembros de la Unión Europea y la zona Schenguen, ya sea por frontera terrestre, marítima o aeroportuaria.
- Si nos movemos por el interior del territorio nacional con cantidades iguales o superiores a los 100.000 euros, entonces estamos obligados a declararlo.
Es necesario mencionar que Hacienda considera dinero en efectivo a distintos medios de pago, como el papel moneda y la moneda metálica, los efectos negociables o medios de pago al portador (como cheques de viaje, cheques, pagarés u órdenes de pago), las tarjetas prepago, las materias primas utilizadas como depósitos de gran valor de liquidez (como el oro), así como cualquiera de los métodos de pago mencionados anteriormente en su contravalor en divisa extranjera.
Para declarar estas sumas, debemos cumplimentar una declaración mediante el formulario S1, que se puede obtener tanto en la Agencia Tributaria como en la entidad bancaria donde hayamos retirado los fondos. Esta declaración contendrá los datos veraces sobre el portador, propietario, destinatario, remitente, importe, naturaleza, procedencia, uso previsto, itinerario y modo de transporte de los medios de pago.
Se considera que no se ha cumplido con la obligación de declarar si la información presentada en la declaración es inexacta o incompleta. Además, es necesario presentar esta declaración si deseamos realizar un pago en efectivo por encima de las cantidades mencionadas anteriormente o depositar el dinero en una entidad bancaria. La persona que transporte el dinero debe llevar consigo esta declaración durante todo el traslado.
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