
Trabajo
José Ramón López, asesor fiscal: “No te extrañes si cobras menos en tu nómina de noviembre y diciembre”
Si este mes has visto que tu salario es inferior al habitual, no entres en pánico: puede que no sea un error, sino una regularización del IRPF

Las últimas nóminas del año suelen llegar con sustos inesperados. Muchos trabajadores, especialmente aquellos que no siguen al detalle las retenciones de sus nóminas, descubren en noviembre o diciembre que su sueldo neto se ha reducido sin previo aviso. Este fenómeno, lejos de ser excepcional, tiene una explicación técnica y perfectamente legal relacionada con la obligación que tienen las empresas de ajustar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) antes de que cierre el ejercicio fiscal.
Quien mejor lo explica es José Ramón López, asesor fiscal y divulgador en redes sociales conocido como @tu_blog_fiscal, que advierte con rotundidad: “No te extrañes que cobres menos en tu nómina de noviembre y de diciembre. Pero calma”. Según él, este descenso puede afectar a cualquiera, independientemente de su tipo de contrato o sector, y detrás de este ajuste no hay una maniobra oscura de la empresa, sino un deber tributario establecido por la Agencia Tributaria.
¿Por qué en noviembre y diciembre puedes cobrar menos?
Una de las grandes confusiones que arrastran los trabajadores es pensar que su retención de IRPF es fija. En realidad, ese porcentaje puede variar si su situación laboral o personal cambia o si la empresa detecta que la retención aplicada hasta ese momento no llega al mínimo exigido. López lo explica de manera clara: “Las empresas tienen una obligación con el IRPF, que la aplican al trabajador, respecto a Hacienda. Tienen que aplicarle un mínimo exigido en función de la situación personal del trabajador y del sueldo bruto que cobre”.
Esto implica que cuanto mayor sea el salario bruto y menores las cargas familiares (hijos, personas dependientes, discapacidad, etc.) mayor será la retención que debe aplicarse. Y aquí llega el punto crucial: esa obligación se calcula en cómputo anual, no mensual. El asesor lo resume de forma directa: “Lo que va a hacer la empresa es revisar todos los meses en los que ya te ha aplicado IRPF para ver si realmente te están aplicando el correcto”.
Es en esta revisión cuando pueden aparecer las sorpresas. Si la empresa detecta que ha retenido menos de lo debido, está obligada a corregirlo antes de final de año, lo que suele traducirse en un aumento repentino del IRPF en noviembre y diciembre.
¿Por qué a las empresas les interesa regularizarlo?
Además de una obligación legal, esta regularización tiene un componente preventivo. López advierte que, si las empresas no ajustan correctamente las retenciones, pueden encontrarse con reclamaciones futuras: “Si se equivocan y te aplican un IRPF inferior al que realmente te deberían de haber aplicado, esto se puede llegar a reclamar en tu declaración de la renta”.
Es decir, el problema no desaparece: simplemente se traslada. Por eso las compañías ajustan las nóminas al cierre fiscal, aunque eso pueda resultar incómodo para el trabajador, sobre todo en plena campaña navideña.
¿Puedes elegir tu propio IRPF?
Este detalle sorprende a muchos, pero es totalmente cierto. López lo recuerda con claridad: “Como trabajador, puedes ponerte el IRPF que quieras, siempre que esté por encima del mínimo que exige la Agencia Tributaria”. Aun así, advierte que optar por un porcentaje superior puede ser contraproducente: sería como adelantar dinero a Hacienda sin necesidad. En sus propias palabras, “ponerte un IRPF superior al mínimo es ineficiente, sería pagarle a la Agencia Tributaria IRPF de más durante el año para luego recuperarlo en tu declaración de la Renta”.
Si la cifra de tu nómina te ha desconcertado, el primer paso no es pedir explicaciones precipitadamente, sino revisar el recibo y comprobar la casilla de retención. Si ese porcentaje ha aumentado, ahí está la respuesta.
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