Vivienda
¿Puedo negociar el precio del alquiler al renovar el contrato? ¿Y si se prorroga?
Todos los contratos de alquiler desde marzo de 2019 tienen una duración mínima de cinco años
Alquilar una vivienda es la única alternativa que tienen muchos ciudadanos en nuestro país para formar un hogar, ante la imposibilidad de poder convertirse en propietarios de un inmueble. Para formalizar el arrendamiento, es imprescindible firmar un contrato donde se establezca la relación entre el casero y el inquilino, y obligando a ambas partes que por un tiempo determinado se ceda un bien de su propiedad a cambio del pago de una renta.
Este documento debe contener una serie de datos y cláusulas imprescindibles que se deberán respetar, como el importe de la fianza, posibles prórrogas e incluso la duración del mismo, ya que este contrato no es eterno. La duración habitual suele ser de un año, aunque este puede ir prorrogándose hasta un máximo de cinco años, si quien alquila es una persona física y hasta siete en el caso de una empresa.
No obstante, si se decide renovar el contrato, ¿las condiciones pactadas en el momento de la firma deben mantenerse? ¿Se puede negociar el precio de la renta?
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que todos los contratos de alquiler desde marzo de 2019 tendrán una duración mínima de cinco años. Pasado ese tiempo y si "ninguna de las partes hubiese notificado a la otra (...) su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más". Asimismo, la normativa sostiene que tras agotar la prórroga, el contrato entra en tácita reconducción, es decir, que este se va prorrogando según figure en el contrato, bien mes a mes en el caso de un alquiler mensual o por años al fijarse uno anual.
Prorrogar este contrato implica que ambas partes estarán obligadas a mantener las mismas condiciones que se pactaron en el momento de su firma, "exceptuando la duración", tal y como explicó a LA RAZÓN la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA). Por tanto, no se podrá negociar el precio del alquiler, sino que se tendrá que mantener el mismo, según la LAU.
¿Puedo negociar el precio del alquiler al renovar el contrato?
La renovación de un contrato no es lo mismo que la prórroga, ya que en este último caso se deberán mantener las mismas condiciones que se pactaron en la firma del contrato. No obstante, si este se renueva -que se hace de forma automática-, se podrán pactar nuevas cláusulas, como el precio de la renta.
"Lo más común es que el propietario exija un incremento de la renta, para obtener una mayor rentabilidad", sobre todo desde que el 81% de los particulares busca alquilar una casa, frente al 16% que oferta estas viviendas, según explican desde el portal inmobiliario Fotocasa.
Asimismo, la fianza también sufrirá cambios si se trata de una renovación, ya que esta se deberá incrementar o reducir en cada caso concreto. En este sentido, si el inquilino deja el inmueble tal y como lo encontró, esta garantía se deberá retirar del organismo correspondiente de cada comunidad donde se depositó en el momento de la firma del contrato, para devolvérsela en un plazo de treinta días.
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