Empresas

Un juez prohibe a Victorio y Lucchino administrar empresas durante dos años

Un juzgado mercantil de Sevilla califica de culpable el concurso de acreedores de las empresas dirigidas por los diseñadores y acepta la sanción interpuesta por la administración concursal por el desorden de la contabilidad

Los diseñadores José Víctor Rodríguez Caro (d), y José Luis Medina, de la firma Victorio & Lucchino.
Los diseñadores José Víctor Rodríguez Caro (d), y José Luis Medina, de la firma Victorio & Lucchino.larazon

Un juzgado mercantil de Sevilla califica de culpable el concurso de acreedores de las empresas dirigidas por los diseñadores y acepta la sanción interpuesta por la administración concursal por el desorden de la contabilidad

Un juzgado de lo Mercantil inhabilita a los diseñadores andaluces Victorio y Lucchino (José Víctor Rodríguez Caro y Jose Luis Medina del Corral) para administrar empresas durante dos años después de calificar como culpable el concurso de acreedores de las dos empresas que ellos dirigían: V&L Costura, Diseño y Moda S.A. y Patrimonio de Moda S.L.

En un auto del pasado 18 de abril, el juzgado de lo Mercantil accede a la sanción solicitada por la administración concursal, después de que hubiera sido aceptada con anterioridad por la Fiscalía.

La Ley Concursal establece que el concurso de acreedores será calificado como culpables según lo dispuesto en el artículo 164 que versa así: “cuando en la generación o agravación del estado de insolvencia hubiera mediado dolo o culpa grave del deudor o, si los tuviere, de sus representantes legales y, en caso de persona jurídica, de sus administradores o liquidadores, de hecho y de derecho, apoderados generales, de quienes hubieren tenido cualquiera de estas condiciones dentro de los dos años anteriores a la fecha de declaración del concurso”.

La pena de inhabilitación por este hecho oscila entre los dos y los quince años, por lo que la pena impuesta a los diseñadores es la mínima establecida.