Editorial
La amnistía ni es legal ni admite atajos
La inclusión de la amnistía en la Constitución ya se trató en las Cortes, a instancias del Grupo Mixto, pero fue rechazada mayoritariamente por el resto de los partidos, incluido el socialista.
Una medida general de gracia como la que, al parecer, pretende conceder el candidato socialista y actual presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, a las formaciones nacionalistas de las que, en última instancia, depende su reelección, no sólo choca con el espíritu de la Constitución, sino que afecta a los derechos fundamentales, a las libertades públicas y al ordenamiento institucional del Poder Judicial.
Es decir, que, en todo caso, la promulgación de una amnistía debería producirse a través de una ley orgánica que cumpla con todos los procedimientos de tramitación parlamentaria y, a ser posible, con los correspondientes informes del Consejo de Estado y de otros órganos consultivos del ámbito de la Justicia. No puede, pues, despacharse como una ley ordinaria, mucho menos como una ley de bases o un decreto ley.
Comprendemos la tentación que acecha a los partidos que forman la coalición de gobierno y que aspiran a reeditarla –el PSOE y Sumar– para emplear cualquier atajo normativo que acelere los tiempos y, sobre todo, evite el debate en profundidad de un asunto que concita el rechazo de la mayoría de la opinión pública, pero, como advierte la larga e inusual lista de decretos leyes que ha jalonado la acción gubernamental en la pasada legislatura, no podemos aceptar que un mero interés partidario suponga una mayor degradación del Parlamento. Aunque solamente sea porque convertir la sede de la soberanía nacional en mera caja de resonancia del Gobierno de turno pervierte el sentido recto del sistema democrático, que, como ya hemos señalado con anterioridad, no consiste sólo en contar votos.
Dicho esto, conviene insistir en que la pretensión de los partidos nacionalista catalanes de conseguir la impunidad para los implicados en la intentona golpista de 2017, especialmente, la del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, no sólo cuestiona la independencia del Poder Judicial y la legitimidad del ordenamiento jurídico español, que es consustancial a la propia democracia, sino que contraviene la prohibición expresa constitucional de conceder indultos generales.
Y pretender que la ausencia del término «amnistía» o de la articulación de tal figura en la Carta Magna permite avanzar por esa vía es retorcer hasta dejarla irreconocible la voluntad de los padres constitucionalistas. La cuestión de la inclusión de la amnistía en la Constitución ya se trató en las Cortes constituyentes, a instancias del Grupo Mixto, pero fue rechazada mayoritariamente por el resto de los partidos, incluido el socialista. Pero no es sólo que la amnistía choque con el ordenamiento constitucional, es que ni siquiera es percibida como necesaria o legítima por parte de la mayoría de unos ciudadanos, a quienes los poderes públicos aplican con singular severidad las leyes emanadas desde el Parlamento.
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