Cataluña
Sánchez rehabilita a Junqueras: la reforma del Código Penal reducirá la inhabilitación del líder de ERC
El Gobierno busca rebajar las penas de sedición de Junqueras y del resto de líderes del «procés». Serían aplicables a los ya condenados y reducirían a la vez la inhabilitación
La letra pequeña de la condición de «desactivar» los tribunales y «desjudicializar el conflicto político», impuesta por ERC en la negociación de la investidura de Pedro Sánchez, incluye una reforma del Código Penal para rebajar el delito de sedición para beneficiar a los políticos independentistas condenados por la declaración unilateral de independencia y el referéndum ilegal del 1-O. La reforma de esta ley orgánica necesita de una mayoría de 176 diputados, que el Gobierno tiene en su mano sólo con convertir en «síes» las abstenciones de la investidura de Sánchez. Y sin contar, por supuesto, con el concurso del PP, principal partido de la oposición.
La reforma esconde una intencionalidad política clara y que va mucho más allá de facilitarle la salida a la calle al líder de ERC, Oriol Junqueras, y a los demás condenados por el Tribunal Supremo. Esta decisión está ya en manos de los servicios penitenciarios de la Generalitat y en la medida en que han sido clasificados en segundo grado, la vía de escape es la aplicación del artículo 100.2 del régimen penitenciario, un tercer grado camuflado y recurrible sólo por la Fiscalía, que dirige Dolores Delgado. El tercer grado sí hubiera facilitado la intervención del tribunal sentenciador. El 100.2 permite flexibilizar el régimen de los internos para que, por ejemplo, puedan salir de la cárcel para trabajar.
Pero lo más relevante de la reforma penal que impulsará el Gobierno de Sánchez es que servirá para acelerar la rehabilitación política de Junqueras y que pueda presentarse cuanto antes en Cataluña como el «Mandela» independentista. En Derecho Penal rige el principio de que el reo puede usar a su favor cualquier reforma que le beneficie de manera retroactiva, aunque ya haya sido condenado en aplicación de otra legislación más dura. Basta con que su defensa reclame al tribunal que le condenó, en este caso al Supremo, que le aplique los beneficios del nuevo marco jurídico. La reforma penal que el PSOE ofrece a ERC y al secesionismo puede o bien rebajar las penas por sedición o modificar también los tipos, atendiendo siempre al criterio de que sirva de base a su defensa para forzar la revisión de las condenas impuestas.
Hay que tener en cuenta que el Gobierno anuncia esta reforma, que no iba en su programa electoral y sí la tipificación como delito de los referéndums ilegales, justo en paralelo de la negociación para activar la «mesa» entre el Gobierno central y la Generalitat, en la que ERC ya ha dicho que quiere un diálogo sin vetos, también de la autodeterminación y de la amnistía de los presos. Y que los próximos Presupuestos, que condicionan la viabilidad de la Legislatura, dependen del voto de ERC y se negociarán en paralelo a esta «mesa» de diálogo con el secesionismo.
La revisión de las penas por sedición implicaría la revisión de la pena de inhabilitación impuesta por el Supremo. El Alto Tribunal condenó a los líderes del «procés» por sedición. Que según el artículo 544 del Código Penal son «reos de sedición los que sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir por la fuerza o fuera de las vías legales la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos o de las resoluciones administrativas o judiciales». Las penas de prisión van de 8 a 10 años, y de 10 a 15 si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondrá además la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo, y ahí está la clave escondida de la reforma penal que impone ERC. Junqueras fue condenado a 13 años de cárcel por sedición y malversación por su «dominio» del «procés». Y, en consecuencia, también a 13 años de inhabilitación para el ejercicio de cualquier cargo público.
Sobre la revisión del delito de sedición, puesta sobre la mesa por Sánchez el lunes, le tocó ayer responder a la portavoz del Ejecutivo, María Jesús Montero, tras el Consejo de Ministros. El plan del Gobierno, según Montero, es afrontar con «amplitud de miras» la revisión del Código Penal y mencionó tres ámbitos en los que se podría llevar a cabo la reforma: la cuestión relativa al consentimiento de las mujeres en torno a los delitos sexuales, las agresiones medioambientales y aquellas figuras penales con vinculación con «los acontecimientos sucedidos en Cataluña», en una referencia velada a los cambios que se pretenden aplicar sobre la tipificación de la sedición. Montero no descartó tampoco que el PSOE pueda proponer en ese debate abierto la tipificación como delito de la convocatoria de un referéndum ilegal, como Sánchez prometió en la campaña previa al 10-N.
No está clara la forma en la que se esa reforma aterrizará en el Congreso. PSOE y Podemos no incluyeron esta cuestión en su acuerdo de coalición, por lo que desde Moncloa no descartan que lleven distintas propuestas a la Cámara Baja. Si llegaran a un consenso, podrían registrarla como un proyecto de ley. Si, por el contrario, no hubieran llegado a un acuerdo previo, PSOE y Unidas Podemos registrarían sendas proposiciones de ley. En este escenario, una vía que cobra fuerza es la posibilidad de que a la rebaja de las penas por sedición se sume una revisión del delito de rebelión que permita una diferenciación clara entre ambas figuras. Ello implicaría la rebaja de las penas por sedición y el aumento de las penas por rebelión, delito cuyos supuestos se verían, además, endurecidos.
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