Coronavirus

Interior restringe el paso por las fronteras para evitar el contagio de coronavirus

Los conductores de transporte de mercancías podrán seguir con su actividad

Presser on coronavirus situation in Spain
Madrid (Spain), 20/03/2020.- A handout photo made available by Moncloa Palace Spanish Interior Minister Fernando Grande-Marlaska during a presser at Moncloa Palace, Madrid, Spain, 20 March 2020. Spain faces the sixth day of national lockdown in an effort to slow down the spread of the ongoing pandemic of the COVID-19 disease caused by the SARS-CoV-2 coronavirus. According to the latest figures provided by the health ministry, there are at least 19,980 confirmed coronavirus infections throughout Spain, while 1,002 people have died so far in the Mediterranean country. (España) EFE/EPA/BORJA PUIG DE LA BELLACASA / MONCLOA PALACE / HANDOUT HANDOUT EDITORIAL USE ONLY/NO SALESBORJA PUIG DE LA BELLACASA / MONAgencia EFE

El Gobierno ha acordado restringir el acceso de viajeros a través de las fronteras exteriores de España, en concreto las situadas en puertos y aeropuertos.

Según informa el Ministerio del Interior, a partir de las 24.00 horas de esta noche sólo se permitirá el acceso por esos puntos fronterizos, además de a los españoles y a los residentes en España, a:

a) Residentes en la Unión Europea o Estados Asociados Schengen, que se dirijan directamente a su lugar de residencia.

b) Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado Asociado Schengen que se dirijan a éste.

c) Trabajadores transfronterizos.

d) Profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral.

e) Personal dedicado al transporte de mercancías, en el ejercicio de su actividad laboral y el personal de vuelo necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo comercial.

f) Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.

g) Personas viajando por motivos familiares imperativos debidamente acreditados.

h) Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.

La orden, firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, tendrá una vigencia inicial de 30 días, “sin perjuicio, en su caso, de las eventuales prórrogas que pudiesen acordarse”.

La orden señala que “las autoridades españolas colaborarán con transportistas y autoridades extranjeras para que no se permita el viaje de aquellas personas a las que, en aplicación de la misma, se denegará la entrada en las fronteras exteriores”.

La orden especifica además que esta medida “no será de aplicación en la frontera terrestre con Andorra ni en el puesto de control de personas con el territorio de Gibraltar, sin perjuicio de la posibilidad de realizar controles policiales en sus inmediaciones para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo”, relativa a la limitación de movimientos.

La orden acuerda también “el cierre, con carácter temporal, de los puestos terrestres habilitados para la entrada y la salida de España a través de las ciudades de Ceuta y Melilla”.

En las fronteras con Francia y Portugal, sólo se permite la entrada en territorio nacional por vía terrestre a ciudadanos españoles; personas residentes en España; trabajadores transfronterizos y aquellos que acrediten, documentalmente, causas de fuerza mayor o situación de necesidad.

La resolución dictada el lunes señalaba que esta restricción no se aplica al transporte de mercancías “con el fin de asegurar la continuidad de la actividad económica y de preservar la cadena de abastecimiento”.