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Tuits polémicos

La Audiencia da diez días al rapero Pablo Hasél para ingresar en prisión

El cantante acumula dos condenas de nueve meses y dos años de cárcel por enaltecimiento del terrorismo e injurias a la Corona y a las Fuerzas de Seguridad

El rapero Pablo Hasel, en uno de sus juicios en la Audiencia Nacional larazon

El rapero Pablo Hasél tiene diez días para ingresar en prisión. Ese es el plazo que ha dado la Audiencia Nacional al cantante para cumplir su condena después de que el Tribunal Constitucional (TC) haya rechazado su recurso de amparo contra los nueve meses de cárcel que le impuso la Audiencia Nacional por enaltecimiento del terrorismo e injurias a la Corona y a las Fuerzas de Seguridad por sus alabanzas en Twitter a ETA y los Grapo que Pablo Rivadulla (su verdadero nombre) considera que están amparados por la libertad de expresión pero que el tribunal consideró una manifestación del discurso del odio.

En su cuenta de Twitter, Pablo Hasél se ha lamentado de que “al final no ha habido la suficiente solidaridad para parar esto que nos afecta a la mayoría que no tenemos garantizada la libertad de expresión”, y ha lamentado que vayan a encarcelarle “por contar hechos objetivos”.

El cantante ya tenía una condena previa, impuesta en 2015, de dos años de prisión, que no se ejecutó al carecer de antecedentes penales pero que ahora sí resulta determinante para cumplir esta segunda pena- confirmada por el Tribunal Supremo el pasado junio. En esa ocasión, los magistrados estimaron que las alabanzas a ETA o Al Qaeda en algunas de sus canciones, subidas al canal de vídeos Youtube, latía “de una manera patente el discurso del odio”.

Una apreciación que ratificó después el Supremo al insistir en que el discurso del odio no está amparado por el derecho a la libertad de expresión. Los textos de esas canciones, sostuvo el Alto Tribunal, son «un ejemplo de la difusión de mensajes inaceptables penalmente y frente a los que la política de prevención del crimen debe ir por delante». «La música es el envoltorio, la cáscara; lo relevante penalmente es la letra de tales canciones, donde está el mensaje», subrayó la Sala.

Algunas de esas composiciones incluían frases como éstas: “No me da pena tu tiro en la nuca, pepero”, “que alguien clave un piolet en la cabeza de José Bono”, “¡merece que explote el coche de Patxi López!”, “es un error no escuchar lo que canto, como Terra Lliure dejando vivo a Losantos” o “pienso en balas que nucas de jueces nazis alcancen”.

Pero después de esa condena a dos años de prisión, el rapero se sentó otra vez en el banquillo por 64 tuits de 2015 y 2016 por los que de nuevo fue condenado por enarbolar un “discurso del odio”, entre otros contra actuaciones policiales para presentar a sus integrantes “como asesinos”, “forjando el rechazo social». Sin embargo ese fallo incluyó un voto particular de la magistrada Manuela Fernández Prado, para quien los comentarios del cantante solo suponían “una crítica ácida” amparada por el derecho a la libertad de expresión y la crítica a las instituciones.

Discurso “laudatorio” de organizaciones terroristas

Esa nueva condena de dos años fue rebajada posteriormente por la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional a nueve meses de cárcel, el mínimo legal. Para los magistrados, sus tuits propiciaron o alentaron «aunque sea de manera indirecta, una situación de riesgo para las personas». La Sala apreció en esos comentarios un indudable carácter laudatorio hacia organizaciones terroristas como Grapo más allá de la expresión de coincidencia con objetivos políticos “o camaradería nacida de vínculos ideológicos, simpatía o de la mera crítica social”. En definitiva, los consideró “una alabanza, no ya de los objetivos políticos, sino de los medios violentos empleados por las citadas organizaciones terroristas y por sus miembros” extramuros de los derechos a la libertad de expresión y a la libertad de creación artística.

Entre esos comentarios que le valieron su segunda condena figuran: «Los parásitos de los Borbones siguen de trapis con los decapitadores de los homosexuales» (3 de enero de 2016); «negocios mafiosos del Borbón con Arabia Saudí» (25 y 29 de enero de 2016); «el ladrón del Borbón» (25 de diciembre de 2015); «los amigos del reino español bombardeando hospitales mientras Juan Carlos se va de putas con ellos» (21 de enero de 2016); «el mafioso de mierda del Rey dando lecciones desde un palacio» (25 de diciembre de 2015); «Guardia Civil torturando o disparando a emigrantes» (15 de marzo de 2016); «los antidisturbios han golpeado y torturado a miles y miles de personas» (7 de abril de 2016); «la Policía asesina con total impunidad» (7 de abril de 2016); «los centros penitenciarios son centros de exterminio» (1 de abril de 2016); «a dos años de ser exterminada por el Estado torturador, recordamos sus palabras» (1 de abril de 2016), en referencia a la miembro de los Grapo Isabel Aparicio Sánchez, y «las manifestaciones son necesarias pero no son suficientes, apoyemos a quienes han ido mucho más allá» (1 de abril de 2016), en referencia a otra integrante de la banda terrorista, Victoria Gómez.

Para la Audiencia Nacional, esos mensajes rezumaban violencia e implicaban la banalización del terrorismo y su enaltecimiento y justificación ante sus 54.000 seguidores en la citada red social.

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