Fútbol

La Generalitat derrota al Barça

La Justicia obliga al club azulgrana a pagar 74.000 euros por el despliegue extraordinario de los Mossos ante la Juventus y el Espanyol, partidos ambos de alto riesgo

Joan Laporta, presidente del Barça
Joan Laporta, presidente del BarçaAlejandro GarcíaAgencia EFE

El 19 de abril de 2017 el FC Barcelona, con una alineación compuesta, entre otros, por Piqué, Busquets, Iniesta; Messi, Suárez y Neymar creía en la remontada en la Champions ante la Juventus, pese a haber perdido en Turín en la ida 3-0. Y en los despachos el entonces presidente del club, Josep Maria Bartomeu, también pensaba lograr su particular victoria al interponer un recurso ante la Justicia para evitar pagar a la Generalitat una tasa por “la prestación de servicios extraordinarios de los Mossos d’Esquadra en los encuentros con potencial riesgo para la seguridad pública”.

El equipo directivo de Bartomeu, según consta en una sentencia de 19 de marzo, a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, presentó un recurso para evitar abonar 64.120 euros por el despliegue de los agentes de la Policía autonómica en el entorno del Camp Nou el día del partido contra el equipo italiano. Y justificó su decisión por estimar que el operativo policial, que la Generalitat desplegó porque “existía un posible riesgo para la seguridad de las personas y de los bienes”, se debería enmarcar en un servicio de vigilancia general, por lo que el conjunto blaugrana no debería pagar ninguna cantidad por ello.

Sin embargo, ni en el campo ni en los despachos el FC Barcelona logró la victoria. Mientras en el terreno de juego el equipo no pasó del empate a cero y fue eliminado de la Champions, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha acabado por confirmar la decisión de la Generalitat, que considera que el club azulgrana debe abonar una tasa cuando se produce un despliegue policial excepcional, y que cifra en 38,65 euros a la hora por cada uno de los agentes.

Horas extraordinarias

El Gobierno autonómico catalán justifica el impuesto porque debe afrontar el pago de horas extraordinarias de los policías autonómicos, y porque el operativo extraordinario, en el que también participan helicópteros, exige un desplazamiento móvil de los efectivos policiales al estadio de fútbol. En el caso de la Juventus, el número de Mossos movilizados durante siete horas fue de 332 agentes.

En similares términos se expresa otra sentencia, ésta por una cantidad menor: 10.141 euros. Sin embargo el rival en el campo sí tiene relevancia, pues se trataba de un partido de la Copa del Rey celebrado el 6 de enero de 2016 ante el gran rival histórico de Barcelona: el RCD Espanyol.

Los Mossos prestaron un servicio de vigilancia extraordinaria “al entender que existía un posible riesgo”. Se desplegaron 134 agentes policiales desde las 17 horas hasta las 24 horas. También aquí el FC Barcelona presentó, sin éxito, una reclamación ante la Junta de Tribunal de Cataluña.

“Carecía de ánimo lucrativo”

El club justificó su rechazo a abonar esta suma porque “la actuación desplegada por los Mossos d’Esquadra no fue solicitada”. Al mismo tiempo resaltó que el pago de la tasa “carecía de justificación”, ya que la seguridad durante un encuentro es “un servicio público general” y por tanto “de prestación obligatoria para la Administración”.

Además, el FC Barcelona aseguró en su recurso que “el encuentro deportivo organizado carecía de ánimo lucrativo”. Sin embargo, los magistrados de lo Contencioso-Administrativo del TSJ catalán también han dado la razón a la Generalitat.

Tanto la sentencia de 23 de febrero como la de 19 de marzo, que avalan el cobro al equipo de un total de 74.262 euros en virtud de una tasa autonómica, imponen cada una al FC Barcelona un pago de 3.000 euros, lo que supone un total de 6.000 euros. Esta suma podría aumentar de forma ostensible si otros recursos presentados por el club catalán corren la misma suerte: la derrota ante la Justicia, aunque todavía quedaría una última oportunidad para evitar la tasa: recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.