Opinión

Prisión preventiva, quizás injusta

La operación llevada a cabo en Valencia por la UCO que derivó en el ingreso en la cárcel de algunos de los afectados, me ha hecho volver a reflexionar sobre la pena de la prisión provisional de la que ya hace algún tiempo deseaba escribir, porque en principio me parece una sanción excesiva tal como está planteada en España o, al menos, pienso que debería ejecutarse de un modo más razonable y, en mi opinión, más justo.

Quienes se encuentran en prisión preventiva no deberían padecer el mismo trato carcelario que los condenados. Por una razón esencial, porque mientras no se demuestre lo contrario deben ser objeto del principio constitucional de la presunción de inocencia. Son inocentes y un inocente no merece el mismo tratamiento que un convicto, incluso soy partidario de que ni siquiera compartieran instalaciones. Si profundizamos, en las actuales circunstancias incluso un preventivo hasta tiene menos posibilidades que un condenado porque no es beneficiario de los programas de reinserción.

Para ratificar mi tesis, se demuestra con excesiva frecuencia el sobreseimiento o la absolución de demasiadas personas que han sido objeto de ese castigo y a quienes por ello se les ha hundido la vida profesional, económica, familiar y, en alguna ocasión, con final letal. Y nadie ni nada les compensa.

La posibilidad de destrucción de pruebas, el riesgo de huida y el peligro de reiteración delictiva constituyen los argumentos para dictar la prisión preventiva, pero la posibilidad de que sea injusta debería conllevar unas condiciones bien diferentes a las que rigen tras un fallo condenatorio.

Esta decisión judicial fortalece aún más la triste dinámica que se fomenta en España como es la falta de respeto a la presunción de inocencia y que atenta contra la seguridad jurídica. Hasta me atrevo a afirmar que justifica otra lacra, la conocida como “pena del telediario”. Así es la vida.