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Tribunal Supremo

Investigación al fiscal general: una acusación reclama el procesamiento de García Ortiz ante la "abrumadora prueba" contra él

APIF abre la puerta a acusarlo también de prevaricación y pide al juez que compruebe antes si en la agenda de su móvil figura el teléfono de la número dos del PSOE de Madrid

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en el Senado Fernando SánchezEUROPAPRESS

La Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) reclama al magistrado del Tribunal Supremo (TS) Ángel Hurtado que acuerde el procesamiento del fiscal general del Estado por revelación de secretos y, en su caso, prevaricación, una vez practicadas las últimas diligencias pendientes ante la "abrumadora prueba" contra Álvaro García Ortiz y contra la otra investigada, la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez.

Pero antes, insta a Hurtado a comprobar si en la agenda del móvil de García Ortiz figura el teléfono de la número dos del PSOE de Madrid, Pilar Sánchez Acera, cuya participación en la filtración de datos reservados del novio de Isabel Díaz Ayuso descartó el instructor, pese a que no dio credibilidad a su testimonio en su comparecencia como testigo.

En un escrito remitido a Hurtado, la acusación popular solicita dos últimas diligencias -entre ellas la declaración como testigo de Alberto González Amador el próximo día 25- antes de dar por cerrada la instrucción y procesar a García Ortiz.

Por un lado, ve necesario comprobar si el fiscal general tenía en su agenda el teléfono de la exasesora de Moncloa, que fue quien remitió la información sobre el empresario Alberto González Amador (el correo del 2 de febrero del pasado año en el que admitía el fraude tributario que se le imputa y se mostraba dispuesto a cerrar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía) al entonces líder de los socialistas Juan Lobato para que lo utilizara en la Asamblea de Madrid contra Ayuso.

Reclama la dación de cuentas al fiscal general

Asimismo, APIF pretende que se compruebe igualmente si García Ortiz tenía en su agenda los teléfonos de varios periodistas que en sus declaraciones como testigos "afirmaron conocer la información previamente, sin aportar más detalle amparados por el secreto profesional".

Según expone, la medida "no es invasiva de los derechos fundamentales" de los afectados, porque "varios de ellos reconocieron" ante el instructor "que tenían el teléfono del investigado y no se está accediendo a concretas conversaciones, sino a la mera constancia de si el querellado tenía o no el contacto de dichos periodistas, especialmente de quienes parecen querer servirle una coartada".

APIF quiere igualmente que se reclame a la jefa de la Inspección, María Antonia Sanz, los tres expedientes de dación de cuenta sobre González Amador. Y es que en su declaración como testigo, la fiscal Superior de Madrid, Almudena Lastra, hizo referencia a esos expedientes tramitados por la Fiscalía Provincial de Madrid, por la Fiscalía Superior de Madrid y por la Fiscalía General del Estado.

Actuaciones "paralegales"

La acusación ve tras esos expedientes actuaciones "paralegales o alegales" en la medida en que -hace hincapié- la obligación de informar al fiscal general de hechos que por su relevancia deba conocer (establecida en el artículo 25.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal "nada tiene que ver ni con la tramitación de expedientes de más que dudoso respeto por la protección de datos de los ciudadanos" ni "con la fundamentación de por qué respecto de determinados ciudadanos se recopila información y por qué de otros no".

Para la asociación profesional, esos expedientes "aportarán una gran información de las fechas y momentos claves" de la filtración investigada, ayudando a desvelar "qué se sabía o no, o qué se dejó de incluir, la motivación real de cada uno de los intervinientes en las comunicaciones y el qué hacía especial o digno de dación de cuenta al querellante, que recordemos que por aquellas fechas era un ciudadano prácticamente anónimo y cuya única relevancia ha resultado ser de quién era y es pareja, la presidenta de la Comunidad Autónoma de Madrid".

APIF deja otra pregunta en el aire: "¿Por qué el fiscal general del Estado le encomienda a Diego Villafañe la “dación de cuenta” y se elude el paso por su inmediata superior, la fiscal jefe de la Secretaría Técnica?", apunta.

"No existe más prueba por practicar que las dos declaraciones ya acordadas y la que acabamos de solicitar", concluye APIF, para la que la "abrumadora prueba" contra García Ortiz y la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, se ha visto reforzada las declaraciones de los propios investigados, que se acogieron a su derecho a no contestar al instructor y a las acusaciones populares.

"Nadie borra su inocencia"

"Seguimos sin saber -afirma- por qué el investigado Álvaro García Ortiz, sabiendo que el Tribunal Supremo había admitido la exposición razonada, procedió al borrado de su móvil". "Nadie borra su inocencia, máxime, cuando ya sabe que se le va a investigar judicialmente", subraya.

APIF considera que las declaraciones testificales también han reforzado los indicios contra los dos investigados, como también los informes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, especialmente los que hacen referencia a los registros de los despachos de García Ortiz y Pilar Rodríguez.

La acusación cuestiona también la actuación de la teniente fiscal del Tribunal Supremo, Ángeles Sánchez Conde, en este asunto, y le reprocha que, al igual que la Inspección Fiscal, no ha aportado "ningún indicio que señale hacia otro posible autor del delito, lo cual sería deseable dado que los datos estaban solo a su disposición". Algo que, subraya, "deja realmente en mala posición la dignidad del Ministerio Fiscal que demuestra que no ha tenido ningún impulso de averiguar la verdad sino, tan solo, de proteger a sus cargos investigados".

Frente a este "acervo probatorio desmesurado", defiende que "practicadas las diligencias ya acordadas y las pedidas en este escrito" procede acordar el procesamiento de los dos imputados por revelación de secretos y, en su caso, prevaricación administrativa.