
Tribunales
El TC avala por unanimidad a una propietaria frente a la suspensión del desahucio de sus okupas
En una decisión pionera estima que se vulneró la tutela judicial efectiva de la nueva dueña de la vivienda
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Decisión pionera del Tribunal Constitucional sobre los desahucios. La Sala Segunda avala por unanimidad a una propietaria frente a la suspensión del desahucio de sus okupas.
En la sentencia, que ha tenido como ponente al magistrado Enrique Arnaldo, se estima la demanda de amparo de la dueña del inmueble y se declara, en consecuencia, la nulidad de la suspensión del desalojo de las personas que la ocuparon ilegalmente.
El TC considera que fue "una decisión arbitraria" y se vulneró su "derecho a la tutela judicial efectiva" de la dueña de la vivienda.
El procedimiento se había iniciado como un desahucio de los inquilinos por impago de las rentas de alquiler a la sociedad mercantil que era titular del inmueble.
Pero antes de que se procediera a su desalojo por mandato judicial, los inquilinos abandonaron la vivienda y, seguidamente, esta fue ocupada ilegalmente por varias personas. El órgano judicial, entonces, suspendió su salida forzosa de la propiedad al acreditar los okupas "una situación de especial vulnerabilidad económica como consecuencia de la pandemia del Covid".
Entre tanto, la vivienda cambio de propietarios y fue adquirida por una persona física que solicitó al juzgado la reanudación del procedimiento de desahucio, alegando que ya no titulaba el bien inmueble una gran tenedora.
El órgano judicial se negó a alzar la suspensión del desalojo, argumentando que se trataba de un procedimiento por falta de pago y no de un supuesto de ocupación ilegal.
"Sin que el hecho de que la vivienda hubiera sido transmitido a una persona física afectase a la suspensión". El tribunal resolvió, en este sentido, que la la adquiriente "no podía alegar desconocimiento".
Dado que compró la vivienda "después de haberse dictado el auto de suspensión" del desalojo, y, con ello, "se subrogaba con todas las consecuencias jurídicas".
La nueva propietaria interpuso un recurso de amparo ante la Corte de Garantías, que ahora le ha dado la razón sin ordenar la "retroacción de actuaciones porque, con posterioridad a la interposición del recurso, se produjo el lanzamiento (desalojo) del ocupante de la vivienda".
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