Terrorismo

Cuatro exjefes de ETA eluden la fianza de dos millones de euros por el asesinato de Miguel Ángel Blanco

Las víctimas instan a García Castellón a embargar las propiedades de Kantauri", "Mikel Antza", "Anboto" e "Iñaki de Rentería"

La exdirigente etarra Soledad Iparraguirre, "Anboto", en un juicio en la Audiencia Nacional en 2021
Soledad Iparraguirre, "Anboto" está procesada por el secuestro y asesinato de Miguel Ángel BlancoFernando AlvaradoAgencia EFE

Dignidad y Justicia (DyJ) ha instado a la Audiencia Nacional a ejecutar el embargo de dos millones de euros a cuatro exjefes de ETA para hacer frente a posibles responsabilidades civiles a las que, en su caso, sean condenados por el secuestro y asesinato de Miguel Ángel Blanco en 1997.

En un escrito remitido al juez Manuel García Castellón, instructor de la causa, la asociación de víctimas recuerda que el pasado 25 de abril, el magistrado dio 24 horas de plazo a los exdirigentes de ETA José Javier Arizcuren Ruiz, "Kantauri"; Mikel Albisu, "Mikel Antza"; María Soledad Iparraguire, "Anboto"; e Ignacio Gracia Arregui, "Iñaki de Rentería" para que depositaran de forma solidaria una fianza de responsabilidad civil de dos millones de euros.

Transcurrido ese plazo "sin que por parte de los procesados se haya prestado la fianza requerida", la abogada de DyJ, Vanessa Santiago, insta a García Castellón a que "proceda al embargo de los bienes de los procesados" y les apremia a precisar los que sean suficientes para cubrir la cantidad indicada.

Con este propósito, la asociación de víctimas reclama al instructor -en un escrito adelantado por El Mundo y al que ha tenido acceso este periódico- que solicite a la Oficina de Averiguación Patrimonial que "informe si cada uno de los procesados figuran como contribuyentes por algún concepto y si son titulares de bienes muebles o inmuebles"

En la resolución en la que acordó el procesamiento de los cuatro exjefes de ETA por estos hechos, el juez de la Audiencia Nacional imputó a los exintegrantes del comité ejecutivo o Zuba de la banda terrorista delitos de secuestro y asesinato terrorista con agravante de alevosía, al considerarlos autores mediatos por la posición de dominio que ostentaban en la organización criminal. Una jerarquía que les habría bastado para impedir el asesinato.

García Castellón señala en ese auto que resulta improbable que la cúpula etarra no ordenase el secuestro del concejal del PP en Ermua (Vizcaya), "teniendo en cuenta el modo de actuar de ETA", donde el comité ejecutivo "era el órgano donde se decidían, planificaban, dirigían y autorizaban las acciones terroristas que cometían los comandos".

Pudieron evitar el "desenlace"

Los cuatro exdirigentes etarras, mantiene el juez, tenían "suficiente capacidad de mando y de decisión" sobre la actividad terrorista de la organización "como para haber podido tomar la decisión de que no se secuestrase a la víctima" y evitar así "el desenlace último". Bastaba con una orden "expresa y concreta" al "comando Donosti" para que Miguel Ángel Blanco hubiese sido liberado, pero "no lo hicieron”, haciendo oídos sordos a "las movilizaciones de la sociedad civil" reclamando masivamente su puesta en libertad. Al no hacer nada para poner fin al secuestro o evitar su asesinato, defiende García Castellón, evidenciaron "una voluntad inequívoca en la producción del resultado".

Con esos argumentos, el instructor sustenta la autoría mediata por dominio de la organización que les imputa, de manera que dado ese "poder de mando" que ejercían sobre los autores materiales del secuestro y asesinato, estos ejecutaron "sin capacidad de discusión", las acciones "ordenadas por el autor mediato dentro de la línea estratégica señalada por la organización".

Para el magistrado, en definitiva, la decisión de secuestrar y asesinar al edil de Ermua "no fue tomada por un miembro concreto o aislado" de la cúpula de ETA, sino que fue necesario el "consenso y la toma de una decisión" que califica de "colegiada" por parte de todos los integrantes del comité ejecutivo. "El alcance, la repercusión y las consecuencias" de una acción terrorista de esas características "así lo requería".