Lucha contra ETA

El Tribunal Superior confirma la extradición a España de Fuentes Villota

El Tribunal Superior de Londres corroboró hoy la entrega a España del presunto etarra Raúl Fuentes Villota, detenido en 2012 en Inglaterra y requerido por las autoridades españolas en relación con un atentado contra un policía en 1991. En una vista muy breve, el juez David Foskett rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa de Fuentes Villota, de 47 años, a fin de impedir su extradición a las autoridades españolas aprobada por un tribunal inferior en mayo de 2013.

El acusado fue detenido el 16 de noviembre de 2012 en Liverpool (norte de Inglaterra), ciudad en la que residía bajo una identidad falsa, en virtud de una orden de arresto emitida por la Justicia española.

En un dictamen escrito publicado hoy, el magistrado concluyó que "las bases sobre las que se apoya la apelación no prosperan y el recurso debe ser rechazado".

Los abogados del presunto etarra, que al igual que Fuentes Villota no se personaron hoy en la sala, deberán decidir ahora si trasladan el caso ante el Supremo, la máxima instancia judicial británica, algo que parece que harán, en cuyo caso Foskett lidiará, según indicó hoy, con esa solicitud "por escrito".

El magistrado tendrá que decidir si autoriza o no el recurso en caso de que la defensa opte por la apelación ante el Supremo.

Fuentes Villota, quien permanece recluido de manera preventiva en la prisión de alta seguridad de Long Lartin (centro de Inglaterra), es requerido por la Justicia española para ser juzgado por haber intentado colocar una bomba lapa en el coche de un policía en el País Vasco en 1991.

También se le acusa de pertenencia a banda armada, atentado con intento de asesinato -el del citado policía en Baracaldo-, posesión de armas y de explosivos.

El presunto etarra fue detenido con Juan María San Pedro Blanco y Germán Urízar de Paz -todos supuestos miembros del comando Matalaz, dependiente del comando Vizcaya- cuando se disponían a colocar una bomba lapa en los bajos del coche de un agente de la policía nacional en la localidad vizcaína de Baracaldo.

Tras un tiroteo, en el que el sospechoso presuntamente no participó, fueron apresados y recluidos en régimen incomunicado, periodo en el que Fuentes aseguró que fue torturado.

Transcurrido el plazo legal de cuatro años de prisión preventiva en España y sin que se les sometiera a un juicio, fueron liberados y fue en ese momento en el que Villota aprovechó para darse a la fuga.

Durante todo este proceso judicial, la defensa del acusado, encabezada por el letrado Mark Summers, ha argumentado que los delitos imputados a su cliente -contenidos en un auto de 1995- ya han prescrito y que Fuentes Villota, que asegura que fue torturado tras su detención en 1991, no tendrá un juicio justo si finalmente es extraditado a España.

En el fallo publicado por Foskett, este juez desmonta los argumentos empleados por la defensa y aduce que "el marco esencial por el que este tribunal determina su jurisdicción en (casos de) extradición se basa en mostrar mutua confianza por los procesos de aquellos países con los que hay acuerdos de extradición".

Además, agregó, "se asume, por supuesto, que se respetarán los derechos recogidos en la Convención europea".

En el dictamen, Foskett considera también que el juez del tribunal de primera instancia que autorizó la extradición "fue correctamente reacio"a involucrarse en un asunto que corresponde a la Justicia española.

En la anterior vista celebrada en la Corte de Magistrados de Westminster (centro de Londres), el juez Nicholas Evans había señalado que debido a que el sistema europeo de extradición se basa en la "confianza mutua", se presupone "buena fe"al Estado español en las diligencias judiciales relativas a este caso.