Tribunal General
Frontex no tendrá que indemnizar a un solicitante de asilo sirio que la acusa de devolverlo al mar
El auto del tribunal considera que las pruebas que aporta son manifiestamente insuficientes y no demuestran el supuesto daño que ha padecido
El Tribunal General de la Unión Europea ha descartado que la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas, Frontex, tenga que indemnizar a un solicitante de asilo sirio que acusa a esta institución de haberlo devuelto al mar. En el auto, considera que el interesado no aporta ninguna prueba sólida de los hechos que denuncia.
El ciudadano sirio relató en su recurso ante el TG que llegó a Grecia desde Turquía para solicitar asilo, pero que ese mismo día fue devuelto al mar y que, al día siguiente, un buque de los guardacostas turcos lo recogió y lo trasladó a Turquía. Según su versión, mientras permaneció en el mar, un avión de vigilancia privado al servicio de Frontex sobrevoló la escena en varias ocasiones.
Además, sostuvo que una vez en territorio turco, al no tener acceso al sistema de asilo en ese país, vivió como un clandestino bajo la amenaza de ser devuelto a su país de origen.
Por estos hechos, presentó un recurso ante el Tribunal General solicitando que se condenase a Frontex a pagarle una indemnización por un importe total de 500.000 euros para reparar el daño moral que sufrió como consecuencia de las medidas ilegales supuestamente adoptadas contra él por las autoridades griegas.
En un auto, el tribunal desestima el recurso por carecer de fundamento jurídico, ya que el interesado no ha demostrado con hechos el daño que invoca y, además, considera que las pruebas aportadas son manifiestamente insuficientes para demostrar, de manera concluyente, la presencia y la implicación del nacional sirio en el incidente.
Al no cumplirse el requisito relativo a la realidad del daño invocado, necesario para que se genere la responsabilidad de Frontex, rechaza que este organismo tenga que pagarle la indemnización que solicita.
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