Tribunales
García Ortiz aporta su patrimonio para garantizar la fianza de 150.000 euros
El fiscal general consigna la cantidad en el plazo fijado por el juez instructor en el auto de apertura de juicio oral
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha consignado ya en el Tribunal Supremo (TS) la fianza de 150.000 euros que le impuso el magistrado Ángel Hurtado para hacer frente a una posible condena por daños morales al empresario Alberto González Amador, novio de Isabel Díaz Ayuso, por la supuesta difusión de sus datos reservados. El máximo representante del Ministerio Público ha garantizado esa fianza con parte de su patrimonio, según las fuentes consultadas, por lo que será ahora el alto tribunal el que determine si esa garantía es suficiente para cubrir el importe de la fianza fijada por el instructor en el auto de apertura de juicio oral.
Ese montante, sin embargo, no satisface ni a González Amador -que ha recurrido la cantidad y reclama que se fije en 300.000 euros- ni al propio García Ortiz, que al margen de consignarla recurrirá esa decisión al considerarla excesiva.
Hurtado redujo a la mitad los 300.000 euros de fianza que solicitó en un principio la defensa de González Amador -y que sigue reclamando- por daños morales causados por la revelación de su confesión en la investigación contra él por fraude tributario (en un correo remitido el 2 de febrero del pasado año al fiscal del caso, Julián Salto) para intentar llegar a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía.
"Merece una compensación"
El instructor impuso esa fianza -que incluye también una posible condena en costar y la multa a la que podría ser condenado- al considerar que el delito de revelación de secretos que atribuye al fiscal general "merece una compensación en metálico, por más que se pretenda justificar que el contenido de ese mensaje se filtra a los medios en el derecho a comunicar una información veraz, y considerar que con ello se daba respuesta a una información falsa" (García Ortiz insiste en que pretendía desmentir el bulo de que el ofrecimiento de acuerdo había partido de la Fiscalía, y no de la defensa de González Amador).
El magistrado del Supremo dejó claro que ese correo contenía "datos sensibles afectantes a la intimidad de un ciudadano particular, a su honor, incluso con eventual repercusión en su derecho de defensa", por lo que no debió difundirse, pues resultaba "incompatible con el cometido de información a la opinión pública estatutariamente establecida para el Ministerio Fiscal".
Hurtado dio al fiscal general cinco días de plazo para prestar la fianza "en cualquiera de las formas admitidas en derecho", advirtiéndole de que de superarse ese plazo sin consignarla se procedería "al embargo de sus bienes en cuantía suficiente para cubrir tal cantidad".
Recurso de González Amador
En su recurso para reclamar que esa fianza se eleve a 300.000 euros, la defensa del empresario pone sobre la mesa los "daños morales padecidos" tanto por González Amador como por "su entorno familiar directo como consecuencia de los hechos delictivos" que se atribuyen a García Ortiz. Un perjuicio que -recuerda- se actualiza "diariamente".
"No ha existido día desde el 14 de marzo de 2024 en que algún personaje político o periodístico, con el ministro de Justicia a la cabeza, no denomine a través de los medios de comunicación a D. Alberto González Amador como delincuente confeso o defraudador confeso", hace hincapié su letrado, Gabriel Rodríguez-Ramos.
Todo ello, resalta, es "consecuencia directa de los hechos delictivos protagonizados por D. Álvaro García Ortiz y de su voluntad de generar un relato político transformando en delictiva la función constitucional de fiscal general del Estado a costa de los derechos fundamentales y legales" de la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid.
"Las lesiones procesales y los daños extraprocesales personales, familiares, profesionales y empresariales son continuos durante ya más de 550 días, actualizándose diariamente en la forma, intensidad y con los fines expuestos", afirma la defensa de González Amador, para la que "jamás ha existido en nuestro sistema jurídico y constitucional una vulneración de los derechos fundamentales de un ciudadano tan intensa, lesiva y significativa derivada del comportamiento del entonces fiscal general del Estado".
De ahí que defienda que "siendo la lesión continuada y actualizada diariamente con la intensidad propia del relato político que persigue desde su origen, la indemnización de los continuos perjuicios morales no debe valorarse en un importe inferior a 300.000 euros".