Cargando...

Legislación

García Ortiz dimite: ¿cómo se elige ahora al nuevo fiscal general del Estado?

El Gobierno pone en marcha la maquinaria para designar a un nuevo titular del Ministerio Público. Gracias a la dimisión de García Ortiz, el proceso podría agilizarse

El hasta ahora fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. EUROPAPRESS

El ya ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha presentado esta mañana su carta de renuncia al cargo. Lo ha hecho cuatro días después de que se conociese el fallo del Tribunal Supremo -pues aún no existe sentencia- que lo condenó a dos años de inhabilitación para el cargo, una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros al empresario Alberto González Amador por haber cometido un delito de revelación de secretos por la filtración de datos reservados de la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

En este sentido, García Ortiz ha remitido su carta de renuncia al ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, a quien le ha agradecido su nombramiento y "la confianza depositada" en él durante todo este tiempo. Un escrito en el que ha reconocido que "es el momento de abandonar el desempeño de tan alta responsabilidad", al tiempo que explica que lleva a cabo dicha acción como consecuencia del fallo condenatorio del Supremo.

Ahora el Gobierno ha anunciado que comienza a agilizar los trámites para nombrar a un sucesor a fiscal general del Estado, pero para ello se han de seguir diferentes procedimientos legislativos que, no obstante, con la renuncia de García Ortiz pueden verse agilizados.

Cómo se elige al nuevo fiscal general del Estado

Con la vacante en el Ministerio Fiscal, el Gobierno inicia los trámites para nombrar al nuevo fiscal general del Estado. De esta manera, este es designado mediante un procedimiento que combina la intervención del Gobierno, el control institucional y el nombramiento formal por la Jefatura del Estado, es decir, el Rey Felipe VI.

El proceso arranca cuando el Gobierno (en la práctica el presidente del Ejecutivo) propone a un candidato, que debe ser un jurista de reconocido prestigio con al menos quince años de trayectoria profesional, tal y como se detalla en el artículo 29 de la Ley del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

Esa propuesta se remite al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que es el órgano encargado de emitir un informe de idoneidad que, aunque no es vinculante, constituye un trámite preceptivo dentro del proceso.

Así, una vez superado este paso, el Ejecutivo eleva la candidatura al Rey, quien procede al nombramiento oficial del nuevo fiscal general del Estado para que, acto seguido, este tome posesión de su cargo ante el Pleno del Tribunal Supremo. Finalmente, tras su publicación en el BOE, el designado toma posesión del cargo y asume la dirección del Ministerio Fiscal.

Todo el procedimiento está avalado por el artículo 124.2 de la Constitución Española, donde se especifica que "el fiscal general del Estado será nombrado por el rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial (CGJP)".