El desafío independentista

Justicia duda en defender a Llarena ante Puigdemont

Todavía se desconoce si el Gobierno contratará a un abogado belga que defienda al juez frente a la demanda civil que interpuso contra él Puigdemont y cuatro ex consejeros procesados por todo lo relacionado con el «procés»

Un radical quema la foto del juez
Un radical quema la foto del juezlarazon

Todavía se desconoce si el Gobierno contratará a un abogado belga que defienda al juez frente a la demanda civil que interpuso contra él Puigdemont y cuatro ex consejeros procesados por todo lo relacionado con el «procés».

El Gobierno, y, en concreto, su Abogacía del Estado, que depende del Ministerio de Justicia, no ha decidido todavía si contratará a un abogado belga que defienda al juez Pablo Llarena frente a la demanda civil que interpuso contra él Carles Puigdemont y cuatro ex consejeros procesados por el magistrado por todo lo relacionado con el «procés». Esa fue una de las peticiones realizadas por el Consejo General del Poder Judicial en el amparo concedido al magistrado frente al «ataque planificado» por parte de los demandantes; solicitud que se encuadraba dentro las «medidas necesarias para asegurar la integridad e inmunidad de la jurisdicción española ante los tribunales» de Bélgica que se instaba a adoptar al Ministerio de Justicia, de la que es titular Dolores Delgado.

Los Servicios Jurídicos del Estado recibieron ayer esa petición del CGPJ, momento en el que comenzó a valorar «cuál debe ser su actuación en el procedimiento abierto por un juez de Bélgica como consecuencia de la demanda civil» interpuesta por Puigdemont y cuatro de los que fueron sus conseros, que se encuentran también huídos de la Justicia. Hasta el momento, no habían adoptado una decisión final al respecto de la solicitud del CGPJ. Si finalmente se considerara necesaria la intervención de la Abogacía del Estado ante el tribunal belga, ésta deberá desarrollarse de acuerdo con lo previsto en la Ley de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, con el Reglamento que la desarrolla y con el Convenio de colaboración entre el Consejo y el Ministerio de Justicia para la representación y defensa en juicio de los miembros de la carrera judicial por el servicio jurídico del Estado.

Estas normas prevén, como adelantó LA RAZÓN el miércoles, que cualquier intervención de la Abogacía del Estado ante un juzgado o tribunal de un país extranjero debe realizarse a través de la contratación de un abogado en el país de que se trate, pues la Abogacía del Estado no tiene capacidad legal para personarse.