Política

El desafío independentista

"Torra podría incurrir en responsabilidad penal si persiste en la desobediencia"

"Torra podría incurrir en responsabilidad penal si persiste en la desobediencia"
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Quim Torra tiene 24 horas más para cumplir con la normativa electoral y retirar los lazos amarillos de los edificios del Govern. Tras no cumplir con ello en el primer plazo que le dio el órgano de arbitraje electoral, ahora tiene una nueva oportunidad. Aunque, salvo sorpresa, tampoco es previsible que lo haga ahora. En su resolución de ayer, la Junta Electoral Central tumbó uno por uno los argumentos planteados por el presidente de la Generalitat en su recurso. En primer lugar porque, como deja claro en su resolución de ayer, los lazos amarillos son un «símbolo» que «puede utilizarse legítimamente por determinadas formaciones políticas pero no por las autoridades públicas que deben respetar la neutralidad política durante los procesos electorales». Y el argumento es similar para volver a instar a la retirada de las banderas esteladas: «Simbolizan las aspiraciones de una parte de la sociedad catalana, pero no de toda ella».

Si en este nuevo plazo concedido para la retirada de los símbolos secesionistas, Torra no cumple con el requerimiento de la Junta Electoral, será sancionado. En el caso de que no «ordene» quitar estos elementos de los edificios públicos, señala el acuerdo de la JEC, podría incurrir en «responsabilidades administrativas, y en su caso, penales si persiste en la desobediencia a estos acuerdos».

La resolución de la Junta Electoral también niega que la «dificultad legal», esgrimida por Torra, de cumplir su mandato para retirar los lazos no puede ser considerada una «excusa» para mantenerlos: «La mayoría de esos edificios públicos dependen de la Presidencia o de alguna Consejería de la Generalidad; y de otra, porque bastaría con indicar a la Junta Electoral Central aquellos edificios concretos en los que se produjera esa situación». Del mismo modo, la JEC echó por tierra que Torra pueda ampararse en la libertad de expresión para no actuar: «Ese derecho no incluye la utilización de edificios y lugares públicos de forma partidista». Y cita para ello la literalidad de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: «Los empleados públicos respetarán la Constitución y el resto de las normas que integran el ordenamiento jurídico; lo que incluye la aplicación del artículo 50.2 de la Loreg. A ello cabe añadir que entre los deberes de los empleados públicos, el artículo 52 del mismo texto legal incluye los de neutralidad e imparcialidad».

Por último, tampoco da validez al argumento de mantener los símbolos basándose en las resoluciones aprobadas en este sentido por el Parlament: «La legitimidad de una actuación o política del poder público consiste básicamente en su conformidad a la Constitución y al ordenamiento jurídico. Sin conformidad con la Constitución no puede predicarse legitimidad alguna. En una concepción democrática del poder no hay más legitimidad que la fundada en la Constitución».