Tribunales

Cinco años de cárcel para el hombre que intentó asesinar a un periodista con un cuchillo y un rodillo

El TSXG confirma la condena por tentativa de asesinato, daños y resistencia a la autoridad, desestimando que el ataque fuese sólo contra el mobiliario

El alto tribunal ratifica la sentencia de la Audiencia de Pontevedra
El alto tribunal ratifica la sentencia de la Audiencia de Pontevedralarazon.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la condena de cinco años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Pontevedra a un hombre que el 14 de julio de 2023 irrumpió en la delegación del periódico La Voz de Galicia en Pontevedra e intentó matar a un periodista con un rodillo de cocina y un cuchillo. El alto tribunal rechaza el recurso de apelación del condenado, quien sostenía que no tuvo intención de matar y que su conducta debía considerarse únicamente como daños materiales.

Los hechos, declarados probados por el tribunal de instancia y ahora confirmados por el TSXG, relatan una escena violenta. El hombre accedió a la redacción armado con un rodillo de madera oculto y, tras increpar a una trabajadora, comenzó a golpear violentamente el mobiliario de la oficina, destrozando monitores, teclados y una televisión. Esta primera empleada logró huir, pero sufrió una crisis de ansiedad.

El periodista, al escuchar el estruendo, acudió desde otra estancia y fue entonces cuando se encontró con el agresor, quien le gritó “te mato, te mato” antes de propinarle un golpe con el rodillo en el brazo. A continuación, sacó un cuchillo de 18 centímetros de hoja y lo acometió en repetidas ocasiones, hiriéndolo en el tórax, el brazo y las manos. Únicamente cuando el agresor hizo un movimiento en falso, la víctima consiguió escapar a la calle.

El tribunal resalta que las lesiones, aunque no mortales, tenían una “clara potencialidad homicida”, y que el ataque fue “sorpresivo y sin solución de continuidad”, lo que encaja con la agravante de alevosía. Además, subraya que no es necesario el dolo directo para apreciar la tentativa de asesinato, bastando el dolo eventual, es decir, que el autor sea consciente del riesgo de causar la muerte y lo acepte.

Fuerte resistencia

Tras la agresión, el hombre Marcelino ofreció fuerte resistencia a los agentes del Cuerpo Nacional de Policía que acudieron al lugar. Lanzó patadas y golpes a los funcionarios cuando intentaban detenerlo, causando lesiones a uno de ellos y rompiendo las gafas de sol de otro. El tribunal también confirma su responsabilidad por un delito de resistencia a la autoridad.

En su recurso, la defensa del condenado alegó vulneración de la presunción de inocencia, errónea calificación jurídica, y la inexistencia de alevosía o dolo. También invocó la atenuante muy cualificada de reparación del daño y la posibilidad de aplicar un desistimiento voluntario.

Todas estas pretensiones fueron rechazadas. El TSXG considera que la reparación no fue asumida directamente por el condenado, sino por un familiar, y que la huida de la víctima no puede considerarse un desistimiento por parte del agresor.

El condenado, que padece un trastorno de personalidad con ideación delirante e impulsividad, además de un consumo perjudicial de drogas, fue considerado penalmente responsable con una eximente incompleta por alteración psíquica. Por ello, junto con la pena de prisión, se le impuso una medida de seguridad de internamiento en un centro psiquiátrico adecuado durante un periodo de entre dos y cinco años, a cumplir antes de la pena privativa de libertad.

La sentencia incluye también la prohibición de acercarse o comunicarse con las víctimas durante ocho años, una multa económica y la obligación de indemnizar al Servicio Galego de Saúde por los gastos médicos derivados del ataque. La resolución no es firme, pues cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.