
Tribunales
Cinco años de cárcel por intentar quemar viva a su pareja en la casa que compartían
El TSXG confirma la condena a un hombre que roció con gasolina la vivienda prendiéndole fuego tras amenazar a la víctima con matarla

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena a cinco años y un día de prisión impuesta a un hombre por intentar asesinar a su pareja sentimental prendiéndole fuego a la casa en la que convivían. La Sala de lo Civil y Penal ha desestimado el recurso presentado por la defensa y ha ratificado en todos sus términos la sentencia dictada por la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra el pasado mes de enero.
Los hechos ocurrieron la noche del 23 de septiembre de 2023. El acusado regresó a casa tras haber consumido bebidas alcohólicas y, movido por el propósito de acabar con la vida de su pareja, subió al piso superior con una garrafa de gasolina. Allí, según el relato judicial, vertió el contenido junto a la puerta del dormitorio de la mujer y comenzó a gritar frases como “vamos a morir juntos” y “te voy a quemar la casa”.
La víctima, alertada por el fuerte olor a gasolina, abrió la puerta de su habitación y se encontró al acusado rociando el sofá contiguo con el líquido inflamable. Tras valorar la posibilidad de saltar por la ventana, logró salir corriendo mientras él la seguía echando la poca gasolina que le quedaba. Una vez fuera de la vivienda, el acusado prendió fuego a la entrada, junto a las escaleras de acceso, iniciando un incendio.
Temiendo que el hombre muriese calcinado, la mujer regresó para intentar ayudarlo. En ese momento, el acusado trató de retenerla agarrándola con el brazo izquierdo, lisiado, y llegó a golpearla en la mejilla cuando ella se liberó presionando la zona dañada. Pese a todo, la víctima consiguió escapar.
El fuego no se propagó más allá del punto inicial debido a la escasa cantidad de gasolina vertida en esa zona, pero el tribunal considera probado que existió un claro riesgo para la vida de la mujer. De hecho, la sentencia destaca que “es irrelevante la entidad real que el fuego pueda alcanzar, siendo lo esencial el peligro potencial generado por la acción de prender fuego”.
Propósito de matar
La Sala rechaza que se tratase de una simple amenaza bajo los efectos del alcohol o de una actuación sin voluntad homicida. Al contrario, subraya el tribunal, existen “inequívocas expresiones reveladoras del propósito”, además de la utilización de un combustible altamente inflamable, la hora elegida -pasadas las doce de la noche- y la actitud del acusado al intentar impedir que la víctima escapara.
La sentencia ratificada incluye, además de la pena de prisión, la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante seis años y un día, y la imposición de una medida de libertad vigilada por cinco años tras su paso por prisión. También deberá indemnizarla con 3.200 euros por el daño moral causado y abonar al Sergas el coste de la asistencia médica derivada del incidente, cuya cuantía se determinará en ejecución de sentencia.
En su fallo, el TSXG recalca que los actos realizados por el acusado “no pueden degradarse a una mera fanfarronada de un ebrio”, sino que constituyen actos de ejecución inequívocamente orientados a causar la muerte de su pareja. Así, la condena queda ratificada como tentativa de homicidio en concurso con un delito de incendio, con la agravante de parentesco y la atenuante de embriaguez. La resolución es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.
✕
Accede a tu cuenta para comentar