Tribunales

Cinco años de cárcel para el principal encausado de la ‘Operación Carioca’, que investigó una trama de prostitución de Lugo

Valiéndose de su condición de Guardia Civil les solicitaba mantener relaciones y llegó a agredir sexualmente a una de las víctimas

Imagen de archivo del juicio.
Imagen de archivo del juicio. CRTVG

La Audiencia Provincial de Lugo ha condenado al principal investigado en la pieza central de la Operación Carioca, que ejerció, entre 2005 y 2009, como cabo de la Guardia Civil destinado al Equipo de Mujer-Menor (EMUME), a cinco años y nueve meses de cárcel y al pago de una multa de 7.408 euros.

Además, lo ha inhabilitado para el ejercicio de empleo o cargo público durante cinco años y once meses.

El tribunal lo ha considerado autor de un delito continuado de cohecho, un delito de agresión sexual, un delito continuado de cohecho propio activo, un delito continuado de revelación de secretos, un delito continuado de omisión de perseguir delitos, en concurso con tres delitos de favorecimiento de la prostitución, y de un delito de extorsión, concurriendo las circunstancias atenuantes de dilaciones indebidas y de reparación del daño.

La Audiencia, en su labor de control de la conformidad que el acusado alcanzó con Fiscalía, lo ha absuelto del delito de omisión de perseguir delitos en relación con un matrimonio.

El tribunal relata en la sentencia que el procesado “participaba en inspecciones periódicas y controles en clubs de alterne o establecimientos análogos de la provincia de Lugo”, durante las que estaba obligado a examinar la documentación del personal, comprobando si estaba de acuerdo con lo dispuesto en la normativa que regula la estancia legal de personal extranjero en España.

La Sala subraya que, en caso de detección de personas en situación irregular, “estaba obligado a transmitir dicha información a la Brigada Provincial de Extranjería de la Policía Nacional”.

Agresión a una de las víctimas

Los magistrados aseguran que, en el ejercicio de estas atribuciones, el condenado, “con ánimo de satisfacer sus instintos sexuales y abusando de su condición de guardia civil”, entabló relación con mujeres extranjeras que se hallaban en situación irregular en España, “a las cuales se insinuaba o a las que, directamente, les solicitaba mantener relaciones sexuales, ofreciéndoles su ayuda en diferentes ámbitos y, especialmente, para la regularización de su situación irregular en España o silenciar o alterar los datos que podrían determinar la apertura de un expediente de expulsión”, llegando a agredir sexualmente a una de las víctimas.

“Los propietarios y encargados de los clubs, con el fin de asegurar la obtención de las máximas ganancias y evitar el perjuicio derivado de los controles e inspecciones policiales de extranjería, que provocaban pérdidas económicas, deterioro de la imagen del club, repercusión en la clientela e interrupción en la actividad del club con detenciones de mujeres que, en algunos casos, eran expulsadas debido a su situación irregular, dando respuesta a la petición del guardia civil, entre 2003 y 2009 desarrollaron una estrategia dirigida a beneficiarlo económicamente, mediante pagos directos y otros beneficios, tales como servicios de bar”, indica la Sala en la sentencia.

La Audiencia Provincial, además, ha condenado a los otros tres procesados -dueños de clubs de alterne-, quienes alcanzaron acuerdos de conformidad con la Fiscalía, como autores de un delito de cohecho pasivo, a penas de multa de 2.000 euros -a dos de ellos- y 1.000 euros -a uno de ellos-. La Audiencia Provincial ha absuelto a otro acusado, quien ejercía de guardia civil, acusado de un delito de omisión de perseguir delitos en relación con un matrimonio, así como del delito de solicitud de favores sexuales, en concurso con un delito de abuso sexual, del que le acusaba el fiscal.