Tribunales

Cinco años de prisión por abusos sexuales en un aparcamiento de A Coruña

La Audiencia Provincial condena al acusado y establece medidas de protección para la víctima

La Audiencia Provincial de A Coruña.
La Audiencia Provincial de A Coruña.Wikipedia

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a cinco años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de una mujer en un aparcamiento subterráneo de la ciudad durante la madrugada del 23 de julio de 2022. La sentencia, dictada por la Sección Segunda del tribunal, impone además medidas restrictivas para proteger a la víctima, entre ellas la prohibición de comunicación y acercamiento por siete años, así como seis años de libertad vigilada una vez cumplida la pena de prisión.

El tribunal ha considerado clave la declaración de la víctima, respaldada por distintas pruebas periféricas que refuerzan su testimonio. Entre las evidencias, los magistrados destacan el reconocimiento médico realizado en el hospital tras los hechos, el hallazgo de perfiles genéticos en la ropa de la víctima y los informes periciales de la psicóloga forense, que evidencian las secuelas del abuso sufrido. Además, los jueces han subrayado que no existió consentimiento por parte de la víctima en ningún momento.

La víctima, una mujer con una discapacidad reconocida del 35% y disforia de género, fue abordada en la madrugada cuando regresaba a su domicilio. Según los hechos probados, el acusado la llevó hacia una zona menos transitada del aparcamiento, donde la sometió a tocamientos y posteriormente la obligó a realizar actos sexuales en contra de su voluntad. Posteriormente, la mujer logró salir del lugar y denunciar lo ocurrido.

Medidas adicionales

Además de la pena de prisión y las restricciones de contacto, la Audiencia de A Coruña ha dictaminado que el acusado quede inhabilitado durante ocho años para cualquier profesión u oficio que implique contacto regular y directo con menores. También deberá indemnizar a la víctima con 165,55 euros por las lesiones sufridas y con 8.000 euros por los daños morales derivados de la agresión.

El tribunal ha rechazado la acusación de hurto que también pesaba sobre el acusado, al considerar que no se ha podido probar la sustracción de la cartera de la víctima. Sin embargo, la condena por abusos sexuales ha sido firme en cuanto a la calificación de los hechos y las penas impuestas.

A pesar de la contundencia del fallo, la sentencia no es firme y el acusado podrá interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).