Juicio

Condenado a siete años de cárcel por agredir sexualmente a un joven en un parking de Vigo

El tribunal considera probado que lo forzó a una felación y a una penetración anal tras invitarlo a consumir droga, y después le robó el móvil

Imagen del juicio.
Imagen del juicio. Europa Press

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a siete años de prisión a un hombre por un delito de agresión sexual con penetración y otro de robo con violencia, cometidos en la madrugada del 29 de mayo de 2022 en el aparcamiento subterráneo de la calle Rosalía de Castro, en Vigo. La sentencia, que aún no es firme, impone también cinco años de libertad vigilada tras la excarcelación, la prohibición de comunicarse o acercarse al joven durante una década y una indemnización de 9.000 euros.

Según el relato de hechos probados, el condenado abordó en la calle a un chico al que no conocía y lo invitó a consumir cocaína. Ambos bajaron voluntariamente a los baños del aparcamiento con ese fin. Una vez allí, el hombre cerró la puerta, se sacó el pene y, pese a la negativa de la víctima, lo agarró del pelo para obligarlo a practicarle una felación.

El joven consiguió apartarlo, pero el agresor volvió a sujetarlo con fuerza, lo empujó contra la pared, le bajó los pantalones y lo penetró analmente varias veces de forma brusca. Tras la agresión, el chico cayó al suelo y el agresor huyó del lugar llevándose su teléfono móvil, que fue encontrado poco después en su poder durante el registro efectuado tras su detención.

Los jueces destacan que la declaración de la víctima fue persistente, concreta, sin contradicciones y estuvo corroborada por múltiples elementos objetivos: imágenes de videovigilancia, testigos presenciales y el estado físico y emocional de la víctima, descrito como de “shock”, “muy afectado” y “llorando” por los agentes de policía.

Además, se constató una “huella psíquica” duradera, reflejada en informes médicos que diagnosticaron un trastorno por estrés postraumático relacionado directamente con la agresión sexual.

El tribunal resalta que no hay indicios de animadversión previa entre víctima y agresor ni motivos espurios en la denuncia. De hecho, la víctima reconoció también elementos que no le eran favorables, como el haber consumido alcohol y MDMA antes de los hechos o el haber accedido a bajar al baño con el acusado para consumir una “punta” de cocaína.

Respecto al delito de robo con violencia, la Audiencia concluye que la sustracción del móvil se produjo en el mismo marco temporal y de violencia de la agresión sexual, lo que agrava la calificación jurídica de los hechos.

La sentencia se ha dictado aplicando la legislación más favorable al reo en vigor desde noviembre de 2022, que contempla para la agresión sexual con penetración una horquilla de entre cuatro y doce años de cárcel. Contra el fallo cabe recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.