Tribunales
Un cuarto de siglo de prisión para el hombre que asfixió a su vecina en Moaña (Pontevedra)
El TSXG ratifica la sentencia de un crimen en el que la víctima fue atada, golpeada y estrangulada con una cuerda
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado hoy la condena de 25 años de prisión impuesta a un hombre por el asesinato de su vecina septuagenaria en la parroquia de Tirán, en la localidad pontevedresa de Moaña, el 3 de julio de 2021.
De este modo, el alto tribunal gallego confirma el fallo emitido en su día por la Audiencia Provincial de Pontevedra, que declaró culpable al acusado de un delito de asesinato con alevosía y de un delito de robo en casa habitada en grado de tentativa.
En este sentido, y según los hechos probados recogidos en la sentencia, el condenado había accedido al domicilio de la víctima con la intención de sustraer objetos de valor. Para ello, la golpeó repetidamente, la ató de manos a la espalda y le colocó una cuerda en el cuello, causándole la muerte por asfixia.
En su momento, el jurado también consideró probado que la víctima presentaba múltiples lesiones, entre ellas un traumatismo craneoencefálico, hematomas en diversas partes del cuerpo y excoriaciones en las extremidades.
Las pruebas presentadas en el juicio confirmaron la presencia del acusado en la vivienda de la víctima, la existencia de restos biológicos en sus uñas y la aparición de manchas de sangre de la víctima en las zapatillas y guantes del procesado. Además, algunos testigos aseguraron haber visto al acusado en el patio cerrado de la casa.
En su defensa, el acusado argumentó que su presencia en la vivienda se debió a una casualidad y negó haber cometido el asesinato. Sin embargo, la reconstrucción de los hechos basada en pruebas forenses, testigos y peritos determinó que el crimen fue premeditado y ejecutado con extrema violencia.
Asesinato, no homicidio
Ahora, la Sala del TSXG ha rechazado la alegación de la defensa sobre la presunta vulneración de la presunción de inocencia y desestimó la solicitud de recalificación del delito de asesinato a homicidio, alegando que la agresión se produjo de manera sorpresiva e impidió cualquier posibilidad de defensa por parte de la víctima.
Asimismo, el tribunal subraya que la alevosía se fundamenta en el hecho de que la víctima, una mujer de 72 años, fue reducida sin posibilidad de defenderse, golpeada y atada antes de ser estrangulada, lo que elimina cualquier duda sobre la intencionalidad del asesinato. La brutalidad del ataque quedó reflejada en el informe forense, que detalla las lesiones sufridas por la víctima y confirma la aplicación de una violencia extrema.
Además de la pena de prisión, el condenado deberá indemnizar con 60.000 euros a un familiar de la víctima en concepto de responsabilidad civil. La sentencia del TSXG no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.