
Tribunales
Cuatro años de cárcel a un miembro de un clan por extorsionar a una mujer con amenazas de muerte y armas de fuego
Obligó a la mujer a entregarle más de 15.000 euros, dos móviles y un coche diciéndole que iba a dispararle en la cabeza, a quemarla viva o a asesinar a su familia

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado a cuatro años de cárcel a un hombre, miembro de un clan familiar conocido por su vinculación con la violencia armada, por un delito continuado de extorsión a una mujer entre septiembre de 2020 y febrero de 2021. El tribunal considera acreditado que el acusado logró apropiarse de dinero y bienes de la víctima utilizando, entre otras, amenazas de muerte con exhibición de armas de fuego.
Según recoge la sentencia, la víctima conoció al acusado a través de un hombre con el que había iniciado una relación sentimental. Este le prometió ayuda para recuperar una supuesta deuda, y la llevó a un descampado donde fue presentada al ahora condenado. En ese primer encuentro, el acusado le exigió 6.000 euros bajo amenaza de dispararle en la cabeza, quemarla viva en su coche y asesinar a su hija y sus padres. Durante la amenaza, el acusado mostró dos pistolas que tenía en el vehículo, dejándola “profundamente atemorizada”.
Aprovechando este estado de miedo, el acusado insistió durante meses en sus exigencias económicas. La víctima accedió finalmente a entregarle 15.322 euros procedentes del seguro de su coche, tras un accidente de tráfico. Posteriormente, la obligó a comprar a su nombre dos teléfonos móviles de alta gama, valorados en más de 2.300 euros, y a venderlos inmediatamente en una tienda de segunda mano, apropiándose él del dinero.
El episodio más costoso se produjo cuando el acusado la forzó a adquirir un vehículo financiado a su nombre por 24.000 euros, que más tarde también la obligó a vender. Aunque la víctima recibió 11.000 euros en su cuenta, acabó entregándole en metálico al menos 8.000 euros al acusado, según consta en los hechos probados.
El tribunal ha subrayado que el acusado actuó con un “ánimo de lucro ilícito” y mediante una “actividad de hostigamiento mantenida en el tiempo, de forma insistente y constante”, valiéndose de la intimidación para que la víctima realizara actos jurídicos gravemente perjudiciales para su patrimonio. El fallo también destaca que la mujer, que ya atravesaba un proceso de ansiedad y depresión, actuó bajo un estado de miedo persistente y justificado, agravado por el entorno violento del acusado y la implicación de terceros de su entorno familiar.
La Audiencia impone también al condenado la obligación de indemnizar a la víctima con 23.322 euros -que incluyen el daño moral, valorado en 8.000 euros-, así como el pago de 2.305 euros a la compañía de telefonía móvil Vodafone y de 34.240 euros a la entidad financiera que concedió la financiación del coche. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
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