Agresión sexual

Tres años de cárcel por agredir sexualmente a una amiga mientras dormía junto a su marido

La mujer se despertó de madrugada al sentir dolor en la zona genital y descubrió al acusado agachado entre sus piernas

Ciudad de la Justicia, Vigo.
Ciudad de la Justicia, Vigo. Concello de Vigo

La Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado a tres años de prisión a un hombre acusado de abusar sexualmente de una mujer que dormía en su domicilio junto a su marido. Los hechos se produjeron en septiembre de 2022, cuando la pareja, invitada por el acusado a pasar la noche tras una jornada de celebración, se alojó en su dormitorio.

Según la sentencia el condenado actuó “con total desprecio por la indemnidad e integridad sexual” de la víctima y con “intención de satisfacer sus propios deseos”. La mujer se despertó de madrugada al sentir dolor en la zona genital y descubrió al acusado agachado entre sus piernas, con las manos en su vulva. La exploración médica confirmó la presencia de lesiones compatibles con penetración digital.

Los hechos ocurrieron en un contexto de aparente amistad. La víctima y su marido habían conocido al acusado por internet meses antes, y habían compartido encuentros previos, también en el domicilio de este. El día de los hechos, los tres celebraron el cumpleaños del marido consumiendo alcohol desde la mañana. Ante la imposibilidad de regresar a su lugar de residencia, la pareja fue invitada a quedarse a dormir.

De madrugada, mientras descansaban en la cama del acusado, cedida para la ocasión, la mujer sintió lo que describió como “punzadas” en la zona íntima. Al incorporarse, vio al acusado entre sus piernas y gritó, despertando a su marido, a quien relató lo ocurrido. Se produjo entonces una pelea entre ambos hombres. La mujer salió a pedir auxilio desde el balcón y abandonó la vivienda. La policía acudió posteriormente al domicilio.

Lesiones compatibles con el relato

Los forenses que examinaron a la víctima constataron varias erosiones en los genitales externos. Las lesiones no requirieron tratamiento quirúrgico, pero tardaron tres días en sanar. El informe médico concluyó que se trataba de lesiones compatibles con una penetración digital.

El acusado, por su parte, alegó en juicio que la pareja había cambiado de habitación sin su conocimiento y que, al volver de una supuesta salida nocturna, los encontró en su cama y decidió dormir en un sofá del mismo cuarto. Sin embargo, la Sala consideró esta versión inverosímil, sin respaldo alguno en otras pruebas, y contraria a las declaraciones coherentes y consistentes de la víctima, su marido y los agentes policiales.

Circunstancias atenuantes

El tribunal valoró como eximente incompleta la situación de intoxicación etílica del acusado, que ese día había ingerido grandes cantidades de alcohol. Pese a esta atenuante, la Audiencia considera que el hombre conservaba capacidad para comprender la ilicitud de sus actos y actuar conforme a esa comprensión. Por ello, le impone una pena de tres años de prisión, inhabilitación para el sufragio pasivo, libertad vigilada durante cinco años tras el cumplimiento de la condena, y la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante siete años.

Además, se le impone una inhabilitación especial de cinco años y un día para ejercer cualquier profesión con contacto directo y habitual con menores de edad.

Indemnización a la víctima

En concepto de responsabilidad civil, el acusado deberá abonar a la víctima 3.150 euros: 150 por las lesiones sufridas y 3.000 por daños morales. También deberá pagar 361,59 euros al Servicio Galego de Saúde (Sergas) por la asistencia sanitaria prestada.

La Sala destacó que el daño moral se deduce “de forma natural” del relato de hechos probados, considerando que la víctima vivió una situación traumática cuya única reparación posible, en este momento, es de carácter económico. El fallo aún no es firme y puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.