
Justicia
El TSXG obliga a la Policía a reconocer como lesión de servicio una hernia sufrida por un agente en A Coruña
Avala que la intervención policial agravó una dolencia cervical hasta hacer necesaria una operación quirúrgica, y le da derecho a efectos administrativos y económicos

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado una sentencia que obliga a la Dirección General de la Policía a reconocer como consecuencia de acto de servicio una hernia discal sufrida por un agente durante una intervención en A Coruña. En su resolución, la Sala de lo Contencioso-administrativo estima que las lesiones, la operación quirúrgica posterior y la baja médica del funcionario guardan una relación directa con los hechos ocurridos en octubre de 2022, cuando el agente participó en la detención de un individuo violento en un establecimiento nocturno de la ciudad herculina.
El alto tribunal gallego da así la razón al policía, que recurrió la resolución administrativa que solo reconocía parcialmente sus dolencias como derivadas del servicio. En concreto, la Dirección General de la Policía sí admitía como consecuencia directa del forcejeo una cervicalgia postraumática y lesiones en el brazo y la muñeca, pero descartaba cualquier relación con la hernia discal C6-C7 que motivó una operación quirúrgica de artroplastia en los niveles C5-C6 y C6-C7.
El incidente tuvo lugar durante un turno de noche, cuando el implicado y su compañero acudieron a un bar donde se estaba produciendo un altercado. Según los hechos recogidos en la sentencia, el detenido se abalanzó sobre los agentes propinándoles patadas y puñetazos. Tras lograr reducirlo y detenerlo, el policía presentó lesiones y dolores en cuello, brazo y muñeca, siendo atendido en el hospital Quirón de A Coruña. Poco después fue diagnosticado de una hernia discal que no aparecía en las resonancias realizadas con anterioridad.
Aval de los especialistas
La sentencia, que todavía no es firme y contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, valora especialmente los informes médicos aportados durante el proceso. Dos especialistas -uno en traumatología y otro en neurocirugía- concluyeron que las lesiones sufridas en el forcejeo al menos contribuyeron como factor de agravación y fueron determinantes para la aparición de la hernia discal.
También el perito judicial, un médico especialista en valoración del daño corporal, avaló sin dudas la existencia de dicha relación de causalidad, indicando que se cumplían todos los criterios médico-legales de imputabilidad.
Entre estos criterios se encuentran el cronológico (concordancia entre el hecho traumático y los síntomas), el de integridad anterior (ausencia de patología previa relevante en la zona), el de verosimilitud diagnóstica (compatibilidad entre la mecánica del accidente y el daño observado), el topográfico (lesión en la misma zona afectada por el golpe) y el de exclusión (ausencia de otra causa demostrable).
En su fallo, el TSXG declara que las secuelas de la hernia discal C6-C7, la intervención quirúrgica del 7 de noviembre de 2022 y la situación de baja o incapacidad temporal “tienen relación de causa efecto por agravación con el accidente sufrido” y deben ser reconocidas a todos los efectos administrativos y económicos.
Además, impone las costas del proceso a la Administración, fijando un máximo de 1.500 euros para cubrir los gastos de defensa del agente recurrente. El tribunal recuerda que la jurisprudencia más reciente ya no considera de forma automática como infalibles los informes médicos emitidos por órganos de la Administración y permite su revisión cuando existen pruebas periciales independientes suficientemente fundamentadas.
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