Agresión

"Te voy a clavar, te voy a matar": 21 meses de prisión por intentar asesinar a su esposa

La Audiencia de A Coruña impone la pena tras aplicar atenuantes por reparación del daño, confesión y alteración psíquica

Audiencia Provincial de A Coruña.
Audiencia Provincial de A Coruña. Wikipedia

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a un año y nueve meses de prisión a un hombre que intentó asesinar a su esposa en su domicilio de Santiago de Compostela en diciembre de 2023.

La sentencia, dictada por la Sección Primera del tribunal, considera probados los hechos y califica la agresión como un delito de homicidio en grado de tentativa. Sin embargo, la pena ha sido rebajada por la concurrencia de varias circunstancias atenuantes, entre ellas la reparación del daño, la confesión del acusado y una alteración psíquica que afectaba sus facultades en el momento del suceso.

Un ataque con cuchillo

Los hechos se remontan al 16 de diciembre de 2023, cuando el acusado, de 68 años, atacó a su esposa en el interior de la vivienda familiar. Según el fallo judicial, el hombre cogió un cuchillo de cocina con una hoja de 14 centímetros y, tras amenazar a su esposa con la frase "te voy a clavar, te voy a matar", dirigió el arma hacia su cuello. La víctima logró apartar el cuchillo en un acto reflejo, evitando un desenlace mortal, pero no pudo impedir que la hoja le hiciera un corte en la mejilla izquierda. Finalmente, lo mujer consiguió arrebatarle el arma.

Pese a la violencia del ataque, la víctima sufrió únicamente heridas leves que no requirieron asistencia médica. No obstante, el tribunal ha considerado que la intención del agresor era acabar con su vida, acreditando el dolo homicida en su acción.

Frente a esto, el tribunal ha tenido en cuenta varios factores que han reducido la pena impuesta. El hombre, un policía nacional jubilado, presentaba un cuadro de deterioro cognitivo leve y padecía trastornos depresivos desde hacía más de dos décadas. En los meses previos a la agresión, había abandonado la medicación prescrita para su tratamiento psiquiátrico, lo que influyó en su estado mental en el momento del ataque.

Asimismo, desde su detención, el acusado ha reconocido los hechos y ha colaborado en todo momento con las autoridades. Como muestra de reparación del daño, antes del juicio depositó 10.370 euros en concepto de indemnización a favor de sus hijos, quienes nunca se personaron como acusación particular. La viuda, fallecida en septiembre de 2024 por causas naturales, tampoco interpuso una demanda contra su esposo.

El tribunal ha valorado estos factores y, en aplicación del artículo 62 del Código Penal, ha rebajado la pena de prisión en dos grados. Además, ha impuesto una medida de libertad vigilada durante dos años, que incluye la obligación de someterse a tratamiento psiquiátrico ambulatorio.

Petición inicial

El proceso judicial comenzó tras la detención del hombre el mismo día de los hechos. En un primer momento, el Ministerio Fiscal solicitaba una pena de ocho años de prisión, así como una orden de alejamiento de diez años. Sin embargo, tras la valoración de las pruebas y la aplicación de las atenuantes, la condena se redujo significativamente.

El fallo aún no es firme y contra él cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.